Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 79

Fecha del Boletín 
03-04-2023

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230403-75

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MORATA DE TAJUÑA

RÉGIMEN ECONÓMICO

75
Morata de Tajuña. Régimen económico. Modificación presupuestaria

El Pleno del Ayuntamiento de Morata de Tajuña, en sesión celebrada el día 30 de marzo de 2023, acordó aprobar inicialmente la modificación presupuestaria, mediante la modalidad de crédito extraordinario y suplemento de crédito que se detalla a continuación y por los importes que se indican.

El detalle de la modificación presupuestaria propuesta se adjunta como anexo.

ANEXO

En virtud de la memoria de alcaldía incluida en el expediente 1019/2023 se propone la generación de crédito y el suplemento de crédito, para los siguientes conjuntos de aplicaciones presupuestarias:

Todos estos proyectos cuentan con el informe favorable del responsable del expediente tal y como se plasma en los informes debidamente justificados lo proyectos que se incluyen en el expediente 2860/2022. A la par que las aplicaciones presupuestarias son adecuadas a la naturaleza del gasto que se pretende realizar.

Estos son proyectos con carácter específico y determinado del gasto a realizar y que son imposibles de demorar hasta el ejercicio siguiente.

Todos los proyectos anteriormente tienen un coste total que asciende a 747.434,01 euros.

Por todo lo anteriormente, vistas las memorias incluidas en el expediente 1019/2023 se propone al Pleno de la Corporación:

Primero.—Aprobar inicialmente la modificación presupuestaria en la modalidad de crédito extraordinario y suplemento de crédito, cuyo detalle es el siguiente:

Y las partidas que precisan de una modificación presupuestaria en su modalidad de crédito extraordinario son las siguientes:

El crédito extraordinario y el suplemento de crédito se financian con remanente de tesorería para gastos generales.

Segundo.—Resultando de aplicación lo dispuesto en los artículos 169, 170 y 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, exponer al público el presente expediente, previo anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID por plazo de quince días hábiles, durante los cuales los interesados podrán examinarlo y presentar reclamaciones, comenzando el cómputo del plazo de exposición al día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, surtiendo efecto definitivo en el supuesto de que no se produzcan reclamaciones.

Morata de Tajuña, a 31 de marzo de 2023.—El alcalde-presidente, Ángel Marcelo Sánchez Sacristán.

(03/5.558/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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