Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 74

Fecha del Boletín 
28-03-2023

Sección 5.90.1: V. OTROS ANUNCIOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230328-83

Páginas: 1


V. OTROS ANUNCIOS

JUNTA DE COMPENSACIÓN DE LOS SECTORES UZ. 1, 2 Y 3 MONTE DE LA VILLA

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Junta de Compensación de los Sectores UZ. 1, 2 y 3 Monte de la Villa. Notificación

Se inserta el presente edicto para hacer constar que la Junta de Compensación de los Sectores UZ. 1, 2 y 3 “Monte de la Villa”, de Villaviciosa de Odón (Madrid), ante la imposibilidad de llevar a cabo las oportunas notificaciones en el domicilio facilitado por el juntacompensante Don Carlos Sánchez San Nicolás, y después de haber efectuado tres intentos de notificación de cada una de las derramas aprobadas por la Asamblea General, procede, conforme señala el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y con el fin de que dichas notificaciones surtan sus correspondientes efectos, requerir a dicho juntacompensante a fin de que haga efectivos a esta Junta de Compensación los importes que a continuación se señalan dentro de los 30 días siguientes al de publicación del presente requerimiento:

— Conceptos pendientes de abono: facturas números 181/2022 y 338/2022, que suman la cantidad de 1.052,70 euros.

— Intereses aplicados según lo dispuesto en el artículo 32 de los Estatutos, vigente a partir del 1 de mayo de 2010 y hasta la fecha: 7,94 euros.

Importe total adeudado a la Junta: 1.060,64 euros.

Transcurrido el plazo señalado para el pago de la deuda requerida sin que se produzca su ingreso, se procederá a iniciar la vía de apremio conforme a lo dispuesto en el artículo 181.2 del Reglamento de Gestión Urbanística y en el artículo 32 de los Estatutos de la Junta de Compensación.

En Madrid, a 14 de marzo 2023.—El presidente del Consejo Rector, Enrique Andrés Rodríguez.

(02/4.525/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 5.90.1: V. OTROS ANUNCIOS

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