Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 56

Fecha del Boletín 
07-03-2023

Sección 3.10.20F: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230307-59

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE FRESNO DE TOROTE

RÉGIMEN ECONÓMICO

59
Fresno de Torote. Régimen económico. Ordenanza tasa prestación servicios

Acuerdo del Pleno de fecha 9 de noviembre de 2022, por el que se aprueba la modificación ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la prestación de servicios y realización de actividades deportivas y culturales.

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario inicial aprobatorio de la modificación ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la prestación de servicios y realización de actividades deportivas y culturales, cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS Y REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES DEPORTIVAS Y CULTURALES

Anexo modificación artículo 5.

Artículo 5. Cuota tributaria.—La tasa a que se refiere esta ordenanza se regirá por las siguientes tarifas:

Notas:

— Los deportistas que formen parte de equipos federados deberán abonarla licencia federativa correspondiente que determine cada federación.

— El seguro médico es obligatorio y personal, renovable anualmente según la fecha de alta del usuario.

— El usuario no empadronado sufrirá un incremento en la tasa del 10%

— El impago de dos meses será motivo de cese en la actividad.

Tasa por alquiler de instalaciones deportivas municipales:

— Siempre que no esté ocupada con actividades municipales.

Tasa por uso de instalaciones municipales:

— Alquiler salón de actos:

• Cuota mensual horario casa de la cultura (1 hora de clase a la semana) 50 euros/mes.

• Cuota mensual horario casa de la cultura (2 horas de clase a la semana) 60 euros/mes.

• Cuota mensual fuera horario casa de la cultura (1 hora de clase a la semana) 80 euros/mes.

• Cuota mensual fuera horario casa de la cultura (2 hora de clase a la semana) 100 euros/mes.

— Alquiler sala de actividades:

• Cuota mensual horario casa de la cultura (1 hora de clase a la semana) 30 euros/mes.

• Cuota mensual horario casa de la cultura (2 horas de clase a la semana) 50 euros/mes.

• Cuota mensual fuera horario casa de la cultura (1 hora de clase a la semana) 50 euros/mes.

• Cuota mensual fuera horario casa de la cultura ( hora de clase a la semana) 70 euros/mes.

*  El alquiler del Salón de Actos se podrán llevar a cabo siempre que no se realice otra actividad por parte del Ayuntamiento, dado que este espacio es un espacio institucional que se pone al servicio de todas las concejalías para cualquier actividad que pueda surgir y que no tenga otro espacio para poder ser realizada y siempre deberá de contar con la supervisión de la concejalía competente del servicio a prestar y con el VB de la alcaldía.

*  El alquiler de las Salas de actividades se podrán llevar a cabo siempre que no se realice otra actividad por parte del Ayuntamiento, para la realización de actividades culturales (teatro, enseñanza, etc.) y tendrá que ser supervisada por la concejalía de Cultura.

— Alquiler salas centro socio-comercial para actividades deportivas, culturales y sociales:

• Cuota de lunes a viernes: 10 euros/hora.

• Cuota sábados: 20 euros/hora.

— Alquiler salón de plenos actividades concejalías*:

• Cuota mensual (1 hora de clase a la semana) 30 euros/mes.

• Cuota mensual (2 horas de clase a la semana) 50 euros/mes.

* Las horas y o días de alquiler de estas instalaciones queda supeditado en función de las necesidades del Ayuntamiento por realización de Plenos u otra necesidad municipal.

Nota: El alquiler de cualquier espacio municipal fuera de lo anteriormente mencionado y previa solicitud expresa del interesado y mediante autorización y visto bueno de alcaldía tendrá un coste de 50 euros hora.

El impago de dos meses será motivo de cese del alquiler.

Contra el presente Acuerdo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

En Fresno de Torote, a 23 de febrero de 2023.—La alcaldesa-presidenta, Ana Isabel Arias López.

(03/3.363/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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