Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 33

Fecha del Boletín 
08-02-2023

Sección 1.2.108.27: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230208-15

Páginas: 9


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE SANIDAD

SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD

15
RESOLUCIÓN de 24 de enero de 2023, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud, por la que se procede a convocar el puesto directivo de Director/a Asistencial de Enfermería de la Dirección Asistencial Sureste en la Gerencia Asistencial de Atención Primaria adscrita al Servicio Madrileño de Salud.

La Ley 11/2017, de 22 de diciembre, de Buen Gobierno y Profesionalización de la Gestión de los Centros y Organizaciones Sanitarias del Servicio Madrileño de Salud establece en su Preámbulo la necesaria profesionalización de la función directiva en el sistema sanitario madrileño y dispone que el acceso a los puestos directivos debe garantizar el mérito y la capacidad.

El artículo 14 de la Ley 13/2002, de 21 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas, regula el sistema de provisión de puestos de carácter directivo en el ámbito de las instituciones sanitarias, estableciendo que podrán participar tanto personal estatutario, como personal funcionario. Asimismo, prevé que podrá también efectuarse la provisión de los puestos de trabajo de carácter directivo conforme al régimen especial de alta dirección, regulado en el Real Decreto 1382/1985, de 1 de agosto.

Existiendo la necesidad inaplazable de proceder a la provisión del puesto de Director/a Asistencial de Enfermería de la Dirección Asistencial Sureste en la Gerencia Asistencial de Atención Primaria adscrita al Servicio Madrileño de Salud, se publica la presente Resolución atendiendo a lo previsto en la Ley 11/2017, de 22 de diciembre.

Por ello, y conforme a lo dispuesto en el artículo 10.h) del Decreto 2/2022, de 26 de enero, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura directiva del Servicio Madrileño de Salud, que otorga a esta Dirección General la competencia para la convocatoria de puestos directivos de las instituciones sanitarias dependientes del Servicio Madrileño de Salud,

RESUELVE

Convocar el siguiente puesto directivo de las instituciones sanitarias del Servicio Madrileño de Salud, por el sistema de libre designación:

— Centro: Gerencia Asistencial de Atención Primaria.

— Localidad del puesto: Madrid.

— Denominación del puesto convocado: Director/a Asistencial de Enfermería de la Dirección Asistencial Sureste.

Con arreglo a las siguientes

BASES

Primera

Normativa de aplicación

La presente convocatoria se rige en todo lo referente a su organización y desarrollo por las siguientes disposiciones y por las bases que se recogen en ellas:

— Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del Personal Estatutario de los Servicios de Salud.

— Ley 13/2002, de 20 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas.

— Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público.

— Ley 12/2001, de 21 de diciembre, de Ordenación Sanitaria de la Comunidad de Madrid.

— Decreto 2/2022, de 26 de enero, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura directiva del Servicio Madrileño de Salud.

— Orden 1131/2018, de 29 de octubre del Consejero de Sanidad por la que se constituyen las comisiones de valoración para la provisión de puestos en órganos de dirección de las organizaciones del Servicio Madrileño de Salud.

Segunda

Requisitos y condiciones de los aspirantes

1. Para poder participar en el presente procedimiento de provisión de puesto de carácter directivo, los interesados deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Poseer la nacionalidad española o de cualquier otro estado miembro de la Unión Europea, así como de aquellos estados a los que en virtud de tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en que esta se halla definida en el tratado constitutivo de la Unión Europea.

b) Ostentar la condición de personal estatutario fijo o interino de los Servicios de Salud del Sistema Nacional de Salud, de funcionario de carrera de cualquiera de las Administraciones Públicas o de personal laboral fijo perteneciente a la Administración Pública de la Comunidad de Madrid.

c) Estar en posesión del título de Grado/Diplomado en Enfermería.

d) No encontrarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas o profesionales.

e) Presentar certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales.

2. Podrán participar, asimismo, personas sin previa vinculación profesional o laboral con la Administración o que mantengan con ella una relación laboral temporal, o especial de alta dirección.

3. Los requisitos exigidos para participar en esta convocatoria deberán reunirse a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse a lo largo de todo el procedimiento.

Tercera

Características del puesto convocado

El puesto convocado se desempeñará de acuerdo a las siguientes características:

a) La dedicación al puesto será exclusiva, por lo que sus titulares no podrán desempeñar cualquier otra actividad pública o privada, conforme a lo previsto en la legislación vigente sobre incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas.

b) El régimen retributivo es el fijado en la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid, en la orden anual de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda, por la que se dictan instrucciones para la gestión de las nóminas del personal de la Comunidad de Madrid, y en la correspondiente orden de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda, por la que se determinan las cuantías máximas anuales en concepto de productividad variable por cumplimiento de objetivos del personal directivo de las instituciones sanitarias dependientes de la Consejería de Sanidad y de los entes y empresas públicas adscritas a las mismas.

c) El desempeño del puesto directivo convocado será objeto de evaluación continua, teniendo una duración de cinco años, prorrogables por períodos de igual duración, siempre y cuando se supere dicha evaluación continua.

Cuarta

Presentación de solicitudes

Las personas interesadas en participar en este proceso tendrán en cuenta lo siguiente:

a) Deberán presentar cumplimentada en todos sus términos la solicitud que se adjunta como modelo en el Anexo I de esta Resolución. Junto con la solicitud deberán aportar los siguientes documentos:

— Currículo del interesado, que incluirá datos personales y profesionales entre los cuales deben consignarse los títulos y méritos académicos, así como la experiencia profesional y de gestión en el desempeño de cargos directivos, tanto en las administraciones públicas como el sector privado. También deberá contener: experiencia docente, ponencias, publicaciones, conocimientos de idiomas y cuantos otros méritos se estime oportuno manifestar. Este currículo deberá redactarse conforme al formato que se recoge en el Anexo II de esta Resolución.

— Proyecto de gestión del puesto solicitado, que deberá redactarse conforme al formato que se recoge en el Anexo II de esta Resolución.

— Documentación acreditativa de los requisitos exigidos en la base segunda apartado 1.

b) El interesado podrá autorizar a que la Administración consulte los datos relativos al DNI, la titulación universitaria y la certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales, tal y como se recoge en el Anexo I de solicitud. En el caso de no prestar este consentimiento, el interesado estará obligado a aportar copia de estos documentos, de acuerdo con lo establecido en el artículo 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

c) La documentación acreditativa de los méritos alegados tendrá que ser aportada por el candidato que resulte propuesto, y la Comisión podrá requerirla a los participantes en cualquier momento del proceso.

d) El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y se dirigirán a la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud, teniendo en cuenta las siguientes consideraciones:

— En el supuesto de que el solicitante sea una persona sin previa vinculación profesional o laboral con la Administración podrá realizar la solicitud y presentación de documentos por medios electrónicos en el Registro Electrónico de la Consejería de Sanidad, mediante los medios telemáticos implementados en la página web institucional de la Comunidad de Madrid http://comunidad.madrid o, presentarla en los registros de los centros de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid, preferentemente en el registro de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales, así como en los centros oficiales a los que se refieren y en la forma prevista en el artículo en 16.4 de la Ley 39/2015. Las solicitudes que se presenten a través de las oficinas de Correos deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas por el funcionario de correos antes de su certificación. Asimismo, podrán recibir notificaciones administrativas referidas a este procedimiento a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas, disponible en el citado portal, si así lo indica en el impreso de la solicitud y se ha dado de alta en el sistema.

— En el caso de los profesionales vinculados con la Administración, al tener la condición de empleados públicos, realizarán preferentemente la solicitud y presentación de documentos por medios electrónicos en el Registro Electrónico de la Consejería de Sanidad, mediante los medios telemáticos implementados en la página web institucional de la Comunidad de Madrid http://comunidad.madrid o en los demás registros electrónicos previstos en el artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015. Y si ello no fuera posible en el registro de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales, así como en los centros oficiales a los que se refieren y en la forma prevista en el artículo en 16.4 de la Ley 39/2015. La notificación se realizará a través de medios electrónicos de acuerdo con lo establecido en el artículo 43 del mismo texto legal, para ello, el solicitante debe estar dado de alta en el servicio de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid, disponible en el portal http://comunidad.madrid , “Administración Electrónica”.

— Para la tramitación electrónica es necesario disponer de uno de los Certificados Electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que sean operativos en la Comunidad de Madrid y expedidos por prestadores incluidos en la “Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación” o cualquier otro sistema de firma electrónica que la Comunidad de Madrid considere válido en los términos y condiciones que se establezcan específicamente para cada tipo de firma.

e) Los interesados, una vez presentada su solicitud a través de los medios señalados anteriormente, deberán comunicar, a la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales, su participación en la presente convocatoria al correo electrónico: directivos.sermas@salud.madrid.org

Quinta

Causas de exclusión

Serán causas de exclusión las siguientes:

a) No presentar la solicitud en el plazo establecido en la convocatoria.

b) No firmar la solicitud (Anexo I) y/o no cumplimentar los datos que figuran en la misma.

c) No presentar el DNI y no autorizar su consulta por medios electrónicos.

d) No presentar la titulación académica requerida para el puesto convocado y no autorizar su consulta por medios electrónicos.

e) No presentar certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales y no autorizar su consulta por medios electrónicos.

f) No presentar curriculum vitae en el plazo de presentación de solicitudes no pudiendo subsanar este requisito con su presentación fuera del plazo habilitado para la presentación de solicitudes.

g) No presentar el proyecto de gestión en el plazo de presentación de solicitudes, no pudiendo subsanar este requisito con su presentación fuera del plazo habilitado para la presentación de solicitudes.

Sexta

Procedimiento

El procedimiento de selección se efectuará de la siguiente forma:

a) Se constituirá la Comisión prevista en el apartado tercero a) de la Orden 1131/2018, de 29 de octubre del Consejero de Sanidad.

b) Se procederá a publicar en la página web:

https://www.comunidad.madrid/servicios/salud/provision-puestos-directivo... el nombre, apellidos y DNI de todos aquellos aspirantes admitidos, así como los excluidos, especificando la causa de exclusión, respetando los límites que establece la Ley de Protección de Datos.

Los aspirantes excluidos expresamente, así como los que no figuren en la relación de admitidos ni en la de excluidos, dispondrán de un plazo de cinco días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación en la página web, para que subsanen o acompañen los documentos preceptivos, con indicación de que si así no lo hicieran se les tendrá por desistidos de su participación en este proceso, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.

c) Se publicará en la misma dirección señalada en el punto anterior, el currículo de los aspirantes admitidos provisionales respetando los límites que establece la Ley de Protección de Datos, teniendo que ajustarse al formato establecido en el Anexo II e incluirá los siguientes aspectos:

— Titulación académica y formación en materia de dirección y gestión.

— Experiencia profesional en las áreas de dirección y gestión.

— Publicaciones relacionadas con las funciones propias del puesto convocado.

— Experiencia docente.

— Conocimiento de idiomas.

d) Una vez finalizado el plazo de subsanación, se publicará en la citada página web la relación definitiva de los aspirantes admitidos y excluidos al proceso de provisión, respetando los límites que establece la Ley de Protección de Datos.

Asimismo, se publicará el currículo de los aspirantes admitidos al proceso, respetando los límites que establece la Ley de Protección de Datos, teniendo que ajustarse al formato establecido en el Anexo II y que incluirá los aspectos establecidos en el apartado anterior.

e) Se convocará a las personas candidatas para las entrevistas, a través de correo electrónico, con una antelación de tres días.

f) El llamamiento será único, por lo que se tendrá por desistidos de su participación en este proceso a los aspirantes que no se presenten en el lugar, modalidad y hora en la que han sido convocado.

g) La Comisión de Valoración tendrá en cuenta:

— Las competencias establecidas en los perfiles correspondientes que se pueden consultar en el siguiente enlace:

https://www.comunidad.madrid/servicios/salud/provision-puestos-directivo...

— El currículo y el proyecto de gestión que tendrá que adecuarse al formato establecido en el Anexo II, contendrá todos aquellos aspectos que los aspirantes consideren de interés para el correcto desempeño del puesto para el que han presentado su candidatura. Los contenidos mínimos del proyecto de gestión serán:

• Análisis de situación: Matriz de impacto: DAFO.

• Planteamientos estratégicos y mapa estratégico.

• Líneas prioritarias y objetivos operativos.

• Cuadro de mando y plan de ejecución.

h) Los aspirantes expondrán en el tiempo que determine la Comisión, su currículo y el proyecto de gestión, pudiendo apoyar su exposición con una presentación digital. Una vez finalizada la exposición, la Comisión planteará todas aquellas cuestiones que considere, incluida la entrevista por competencias, con el objeto de determinar la idoneidad y nivel de competencia del aspirante para el puesto solicitado.

Séptima

Resolución y adjudicación del puesto directivo

El puesto directivo convocado se resolverá y adjudicará teniendo en cuenta lo siguiente:

a) El puesto convocado podrá ser declarado desierto por el órgano competente cuando no concurran solicitantes idóneos para su desempeño.

b) La Comisión propondrá el candidato más idóneo al órgano competente, que deberá acordar el nombramiento del personal directivo.

c) La adjudicación del puesto se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, formalizando la Directora General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud el correspondiente nombramiento o, en su caso, el contrato de alta dirección.

d) El adjudicatario del puesto directivo tomará posesión en el plazo establecido en la Resolución de Adjudicación, señalando que de no efectuarlo en el plazo fijado se entenderá que renuncia a dicho puesto.

e) En el supuesto de que la persona elegida renunciara al puesto directivo antes de la toma de posesión, o en ese mismo acto, se podrá formular nueva propuesta de nombramiento a favor del siguiente candidato considerado idóneo o, en su caso, declararlo desierto.

f) La persona seleccionada quedará en la situación administrativa que le corresponda según su vinculación y régimen jurídico de procedencia.

g) La persona que, en su caso, resulte nombrada será objeto de una evaluación continua, pudiendo ser relevado de su puesto en cualquier momento si la evaluación en el desempeño de sus funciones fuera negativa.

Octava

Recursos

Contra la presente Resolución que no pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso ante el mismo órgano que la ha dictado o ante la Viceconsejería de Gestión Económica en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a su publicación, conforme a lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente interponer para mejor defensa de sus intereses a través del siguiente enlace https://tramita.comunidad.madrid/denuncias-reclamaciones-recursos/recurs...

Novena

Eficacia

La presente Resolución surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Dada en Madrid, a 24 de enero de 2023.—La Directora General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales, Raquel Sampedro Blázquez.



ANEXO II

Formato del currículo:

— Extensión máxima: 4 páginas.

— Tamaño papel: DIN-A4.

— Tipo letra: Arial 11.

— Tamaño letra: 11 puntos.

— Interlineado: Sencillo (1).

— Margen superior e inferior: 2,5 cm.

— Margen izquierdo: 3 cm.

— Margen derecho: 2,5 cm.

— Tabulación: 1,5 cm.

— Espaciado entre párrafos: Doble (2,0).

— Paginado: Página x de xx.

Formato del proyecto técnico:

— Extensión máxima: 15 páginas.

— Tamaño papel: DIN-A4.

— Tipo letra: Arial.

— Tamaño letra: 11 puntos.

— Interlineado: Sencillo (1.15).

— Margen superior e inferior: 2,5 cm.

— Margen izquierdo: 3 cm.

— Margen derecho: 2,5 cm.

— Tabulación: 1,5 cm.

— Espaciado entre párrafos: doble (2,0).

— Paginado: Página x de xx.

(03/1.531/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.108.27: I. COMUNIDAD DE MADRID

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230208-15