Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 22

Fecha del Boletín 
26-01-2023

Sección 1.4.33.20: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230126-60

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS

O. A. CONSORCIO REGIONAL DE TRANSPORTES PÚBLICOS REGULARES DE MADRID

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ADENDA de 29 de diciembre de 2022, al contrato-programa entre el Consorcio Regional de Transportes de Madrid y Metro de Madrid en relación a los gastos extraordinarios 2022 e incremento de gastos de personal 2022.

En Madrid, a 29 de diciembre de 2022.

REUNIDOS

De una parte D. David Pérez García, en su condición de Presidente del Consejo de Administración del Consorcio Regional de Transportes Públicos Regulares de Madrid (en adelante CRTM), cargo para el que fue designado por Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid de 17 de marzo de 2021 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 18 de marzo de 2021), actuando para la firma de este convenio en el ejercicio de las atribuciones conferidas por el art. 6.2 de la Ley 5/1985, de 16 de mayo, de Creación del Consorcio y el artículo 12 de la Ley 1/1984, de 19 de enero, de Administración Institucional de la Comunidad de Madrid.

De otra parte, D.a Silvia Roldán Fernández, con domicilio a efectos de este documento en Madrid, Avenida de Asturias, n.o 4 (28029 Madrid), en nombre y representación de la empresa Metro de Madrid, S. A., (en adelante Metro) inscrita en el Registro Mercantil de la provincia de Madrid en el tomo 90 de Sociedades, folio 107, hoja 3.372, con CIF número A-28001352, y con domicilio social en Madrid, Avenida de Asturias, n.o 4, en su calidad de Consejera-Delegada de la misma, cargo para el que fue nombrada por Acuerdo del Consejo de Administración de 11 de octubre de 2019.

Ambas partes se reconocen recíprocamente capacidad y legitimación suficientes para el otorgamiento del presente documento y a tal efecto:

MANIFIESTAN

I. Las relaciones recíprocas entre el Consorcio Regional de Transportes de Madrid y Metro de Madrid, S. A. se encuentran actualmente reguladas por el Contrato-Programa suscrito por ambas partes en fecha 8 de octubre de 2020, cuya vigencia se extiende al período comprendido entre el 1 de enero de 2021 y el 31 de diciembre de 2024, con posibilidad de prórroga de cuatro años más. Las condiciones económicas para el año 2022 se recogen en la adenda firmada el 30 de diciembre de 2021.

II. En relación a los gastos extraordinarios de Metro de Madrid incurridos en 2022, señalar que desde 2012 se vienen realizando una serie de acciones orientadas a la reducción del consumo eléctrico, tanto de trenes como de instalaciones, que ha supuesto una disminución acumulada del 23,8% hasta el ejercicio 2021. Esto ha sido posible gracias a la implementación de medidas como técnicas de conducción inteligente, que reducen el consumo eléctrico en la tracción de los trenes, recuperación de energía en las frenadas que es aprovechada por los trenes que circulan por ese sector en momentos posteriores, Celdas Reversibles, que permiten recuperar la energía del frenado de los trenes no aprovechada por otros trenes para el funcionamiento de otras instalaciones de la red, o la tecnología LED de las luminarias de trenes y estaciones, promoviéndose además el uso de energía de origen renovable.

A pesar de las medidas anteriormente mencionadas, el incremento extraordinario del precio de la energía a lo largo de 2022 ha afectado de manera determinante a Metro de Madrid, por su gran dependencia de este suministro para la prestación de su servicio. Derivado de este hecho, hasta el mes de octubre de 2022, el gasto real acumulado en dicho período asciende a 129,9 millones de euros, frente a un presupuesto inicial de Metro de Madrid en concepto de suministro energético de 43,4 millones de euros, anterior a la escalada de precios, resultando, por lo tanto, en un incremento de gasto extraordinario de más de 86,5 millones de euros, ya en el mes de septiembre, cifra que, dada la volatilidad de precios existente podría seguir incrementándose, como mínimo, hasta los 100 millones de euros al final del año 2022.

En la cláusula 5 del Contrato-Programa, relativo a las aportaciones económicas del CRTM a Metro, se establece la posibilidad de la actualización de la tarifa de mercado cuando se produzca una significativa variación en los costes de explotación.

En consecuencia y de conformidad con lo expuesto, procede llevar a cabo la compensación a Metro de Madrid del aumento de los costes de explotación a consecuencia del incremento del precio de la energía.

III. En relación al incremento de los costes salariales en el ejercicio 2022, el Presupuesto de Metro de Madrid en este concepto ha experimentado un incremento retributivo del 2 por ciento aprobado por la Ley de Presupuestos Generales del Estado, así como un incremento del 1,5 por ciento adicional previsto en el Real Decreto Ley 18/2022. Este hecho se traduce en una dotación adicional de 14,30 millones de euros que se corresponden con el importe no contemplado inicialmente en los Presupuestos de Metro de Madrid del año 2022, equivalente al 3,5 por ciento del incremento retributivo de dicho ejercicio.

La base para esta modificación se encuentra en la cláusula “5. Régimen Económico” del vigente Contrato Programa CRTM-Metro de Madrid, en donde en su apartado 5.c) se indica que, siempre que no se modifiquen las condiciones del servicio prestado, es decir, longitud de la red y número de estaciones, horas de apertura y programa de servicio en las distintas temporadas, horarios y tipos de día, la tarifa de mercado ha de cubrir, asegurando un marco estable de financiación, y para la demanda prevista en cada año, el incremento de costes salariales que se pueda derivar de las sucesivas leyes de presupuestos y de los costes de los servicios y suministros a los que el Contrato compromete a Metro de Madrid.

En consecuencia y de conformidad con lo expuesto, ambas partes acuerdan la suscripción de la presente adenda al contrato-programa entre el CRTM y Metro de Madrid, S. A., con arreglo a las siguientes

ESTIPULACIONES

Primera

En aplicación de la cláusula 5 del Contrato programa, se compensa a Metro de Madrid tanto del aumento de los costes de explotación a consecuencia del incremento del precio de la energía, que supone una aportación económica extraordinaria de 100.000.000 euros, como del incremento de gastos de personal por un importe total de 14.374.396,65 euros. Ambas aportaciones suponen un total de 114.374.396,65 euros. Dicho importe deriva de la aplicación de una tarifa de mercado de 0,206795704 euros por cada viaje que se efectúe en la red de Metro con un título emitido por el CRTM en el ejercicio 2022, que se estiman en un total de 553.079.171 viajes.

Segunda

Se mantienen sin modificación el resto de condiciones pactadas en el Contrato-Programa de 8 de octubre de 2020.

Y para que así conste, y en prueba de conformidad con lo aquí acordado, ambas partes firman el presente documento.

En Madrid, a 29 de diciembre de 2022.—Por el Consorcio Regional de Transportes Públicos Regulares de Madrid, David Pérez García.—Por Metro de Madrid, S. A., Silvia Roldán Fernández.

(03/309/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.33.20: I. COMUNIDAD DE MADRID

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