Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 11

Fecha del Boletín 
13-01-2023

Sección 1.2.25.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230113-2

Páginas: 6


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES

2
RESOLUCIÓN de 11 de enero de 2023, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se nombran los Tribunales de Selección y las Comisiones de Baremación correspondientes al proceso selectivo para el ingreso en el Cuerpo de Maestros, por el sistema excepcional de Concurso de Méritos, a plazas del ámbito de gestión de la Administración de la Comunidad de Madrid, convocado por Resolución de 10 de noviembre de 2022, del Director General de Recursos Humanos.

Por Resolución de 10 de noviembre de 2022, del Director General de Recursos Humanos, se convoca el proceso selectivo para el ingreso en el Cuerpo de Maestros, por el sistema excepcional de Concurso de Méritos, a plazas del ámbito de gestión de la Administración de la Comunidad de Madrid.

Dicha resolución en su apartado 6.4.1 establece el procedimiento para formar parte de un Tribunal de selección o Comisión de Baremación de manera voluntaria.

Habiendo sido publicada la lista de candidatos admitidos y excluidos a participar voluntariamente como miembros de los citados órganos de selección del procedimiento anteriormente aludido y siendo el número de funcionarios de carrera admitidos como participantes voluntarios suficientes para su composición, procede al amparo de lo dispuesto en los apartados 6.1.2 y 6.1.3 nombrar a los Tribunales de Selección y Comisiones de Baremación del procedimiento selectivo de ingreso, por el sistema excepcional de Concurso de Méritos, en el Cuerpo de Maestros convocado por la Resolución de 10 de noviembre de 2022.

Para su conformación se han utilizado criterios de organización alfabética atendiendo en lo posible la preferencia consignada por los participantes en su solicitud, cuyo primer apellido comenzará por la letra “B”, en aplicación de la Resolución de 6 de junio de 2022, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se hace público el resultado del sorteo efectuado con objeto de determinar el orden de actuación de los aspirantes en los procesos selectivos que se celebren durante el año 2022.

En los casos en que esta Resolución utiliza el género gramatical masculino para referirse a personas, debe entenderse que se hace por mera economía en la expresión, y que deben asimilarse indistintamente a mujeres y hombres con estricta igualdad en cuanto a los efectos jurídicos.

Por lo expuesto, esta Dirección General de Recursos Humanos

RESUELVE

Primero

Nombramiento y composición de los Tribunales de Selección y de las Comisiones de Baremación

Nombrar y hacer pública la composición de los Tribunales de Selección y de las Comisiones de Baremación, a los que se alude en la base sexta de la Resolución de convocatoria y que figuran en el Anexo a la presente Resolución, relacionados por especialidad.

Segundo

Constitución de los tribunales de selección y de las comisiones de baremación

Los Tribunales de Selección y las Comisiones de Baremación deberán constituirse en el plazo máximo de tres días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. No obstante, a partir de la fecha de publicación de la presente Resolución, los presidentes de los Tribunales comenzarán a realizar actuaciones.

De conformidad con el apartado 6.6 de la Resolución de 10 de noviembre de 2022, previa convocatoria de los presidentes del Tribunal correspondiente, se constituirán los Tribunales de Selección y las Comisiones de Baremación, con asistencia del presidente titular y de todos los vocales designados, tanto titulares como suplentes. En el mismo acto se procederá al nombramiento de secretario del Tribunal, según lo dispuesto en el apartado 6.1.2 de la convocatoria.

En el caso de los Tribunales de Selección actuará como secretario el vocal con menor antigüedad en el Cuerpo, salvo que el Tribunal acuerde determinar su nombramiento de otra manera.

Una vez nombrados su participación será obligatoria.

Tercero

Indemnizaciones por razón del servicio

Los miembros de los Tribunales de Selección y de las Comisiones de Baremación tendrán derecho al percibo de dietas y gastos de locomoción, en el caso de que tengan que desplazarse fuera de su residencia oficial, quedando autorizados a utilizar cualquiera de los medios de locomoción a los que se refiere el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo (publicado en el “Boletín Oficial del Estado” de 30 de mayo), sobre indemnizaciones por razón del servicio. A los efectos previstos en el artículo 10 del citado Real Decreto, estos Tribunales y Comisiones deberán considerarse incluidos en el grupo segundo de los mencionados en su Anexo I.

Los miembros de los Órganos de Selección y Comisiones de Baremación solo devengarán una asistencia por sesión diaria, siendo de aplicación la Orden de 16 de marzo de 2022, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se establece el importe de las asistencias por participación en órganos de selección del personal al servicio de la Comunidad de Madrid.

Cuarto

Asesores especialistas y ayudantes

De conformidad con lo establecido en el apartado 6.9 de la Resolución de 10 de noviembre de 2022, los Tribunales de Selección podrán proponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas y ayudantes, cuya designación corresponderá a la Dirección General de Recursos Humanos.

Quinto

Obligatoriedad de disponer de certificado electrónico y estar dado de alta en el sistema de notificaciones electrónicas.

Todos los miembros de los Tribunales de Selección y las Comisiones de Baremación deberán estar en posesión de certificado electrónico reconocido por la Comunidad de Madrid.

En caso de no poseer dicho certificado, puede acceder a la información sobre cómo solicitarlo en el siguiente enlace:

https://www.comunidad.madrid/servicios/educacion/tramitacion-electronica...

Asimismo, deberán darse de alta en el sistema de notificaciones electrónicas (NOTE). La información para darse de alta se encuentra en el siguiente enlace:

https://www.comunidad.madrid/servicios/administracion-electronica-punto-...

Sexto

Recursos

Contra esta Resolución que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Viceconsejería de Organización Educativa de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 115, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Madrid, a 11 de enero de 2023.—El Director General de Recursos Humanos, Miguel J. Zurita Becerril.







(03/484/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.25.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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