Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 8

Fecha del Boletín 
10-01-2023

Sección 1.3.25.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230110-11

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES

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EXTRACTO de la Orden 3661/2022, de 29 de noviembre, del Vicepresidente, Consejero de Educación y Universidades, por la que se convoca el XIV Torneo Escolar de Debate de la Comunidad de Madrid correspondiente al curso escolar 2022-2023.

BDNS (Identif.): 663218

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans ).

Primero

Destinatarios

Podrán participar en el torneo los centros públicos, privados y privados concertados de la Comunidad de Madrid con alumnos escolarizados en 4.o curso de Educación Secundaria Obligatoria o 1.o de Bachillerato.

Segundo

Objeto

Convocar el XIV Torneo Escolar de Debate destinado a mejorar el análisis de la información, la capacidad argumentativa, la expresión oral y el trabajo en equipo de los alumnos de la Comunidad de Madrid.

Tercero

Tema de debate de la presente convocatoria

¿Deberían subir los salarios para hacer frente a la pérdida de poder adquisitivo debido al incremento de la inflación?

Cuarto

Bases reguladoras

Orden 991/2017, de 4 de abril, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte (publicada en BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 24 de abril de 2017), modificada por Orden 3273/2021, de 3 de noviembre, de la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía del Gobierno (publicada en BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 16 de noviembre de 2021).

Quinto

Premios y menciones

1. Premios: se concederán premios a los cuatro primeros equipos clasificados de acuerdo con la siguiente distribución:

2. Menciones: los cinco equipos y sus respectivos preparadores que obtengan las puntuaciones siguientes a las de los cuatro primeros serán merecedores de las siguientes menciones:

Sexto

Criterios de valoración

La valoración de los equipos de debate se realizará teniendo en cuenta los siguientes criterios y baremo:

a) Fondo (hasta 18 puntos): calidad y claridad de la argumentación, así como variedad y contundencia de las evidencias aportadas.

b) Forma interna (hasta 18 puntos): forma del discurso, su inicio, su desarrollo, su conclusión, las transiciones, el uso del lenguaje, la estructura general de la argumentación con propósitos persuasivos y la capacidad discursiva.

c) Debate (hasta 18 puntos): capacidad para rebatir los argumentos del otro equipo y defender los propios, para preguntar o responder. También ha de valorarse el ingenio, el juego limpio, el uso correcto de los turnos de palabra y el equilibrio entre los miembros del equipo demostrados durante el debate, así como la evaluación en conjunto de dicho debate.

d) Forma externa (hasta 16 puntos): modo y manera en que se expresa el orador, uso de la voz, de los gestos, del espacio o de la mirada.

Séptimo

Plazo de presentación de las solicitudes

El plazo de presentación de las solicitudes será de diez días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, del presente extracto.

Madrid, a 29 de noviembre de 2022.

El Vicepresidente, Consejero de Educación y Universidades, ENRIQUE OSSORIO CRESPO

(03/24.309/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.25.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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