Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 4

Fecha del Boletín 
05-01-2023

Sección 4.50.1.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230105-86

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

86
Madrid. Presidencia. Calendario guardias Juzgados de Arganda del Rey

PRESIDENCIA

Calendario de guardias para el año 2023, que ha sido aprobado por la Sala de Gobierno de este Tribunal Superior de la sesión celebrada en el día 12 de diciembre de 2022, para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a fin de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 46.2 del Reglamento 1/2005, de los aspectos accesorios de las actuaciones judiciales.

Nota informativa: la duración de la guardia es de ocho días, comenzando el jueves de cada semana hasta el jueves, de la semana siguiente. Ahora bien, se considera que el octavo día se está de guardia solo a los efectos de celebrar los juicios rápidos que se hubieren producido durante dicha semana de guardia.

También hay que tener en cuenta que el relevo del Juzgado de guardia (J.o) se produce a las 9:00 horas del día en que comienza dicha guardia (cada jueves).

Para el supuesto previsto en el artículo 47 del Reglamento 1/2005, de los aspectos accesorios de las actuaciones judiciales: el Juzgado número 1 será coadyuvado en primer lugar por el Juzgado número 2, en segundo lugar por el Juzgado número 3, en tercer lugar por el Juzgado número 4, en cuarto lugar por el Juzgado número 5, en quinto lugar por el Juzgado número 6, en sexto lugar por el Juzgado número 7, en séptimo lugar por el Juzgado número 8 y en último lugar por el Juzgado número 9; el Juzgado número 2 será coadyuvado en primer lugar por el Juzgado número 3, sucesivamente por el Juzgado número 4, 5, 6, 7, 8, 9 y, en último lugar, por el número 1; el Juzgado número 3 será coadyuvado en primer lugar por el Juzgado número 4, sucesivamente por el Juzgado número 5, 6, 7, 8, 9, 1 y, en último lugar, por el número 2; el Juzgado número 4 será coadyuvado en primer lugar por el Juzgado número 5, sucesivamente por el Juzgado número 6, 7, 8, 9, 1, 2 y, en último lugar, por el número 3; el Juzgado número 5 será coadyuvado en primer lugar por el Juzgado número 6, sucesivamente por el Juzgado número 7, 8, 9, 1, 2, 3 y, en último lugar, por el número 4; el Juzgado número 6 será coadyuvado en primer lugar por el Juzgado número 7, sucesivamente por el Juzgado número 8, 9, 1, 2, 3, 4 y, en último lugar, por el número 5; el Juzgado número 7 será coadyuvado en primer lugar por el Juzgado número 8, sucesivamente por el Juzgado número 9, 1, 2, 3, 4, 5 y, en último lugar, por el número 6; el Juzgado número 8 será coadyuvado en primer lugar por el Juzgado número 9, sucesivamente por el Juzgado número 1, 2, 3, 4, 5, 6 y, en último lugar, por el número 7; el Juzgado número 9 será coadyuvado en primer lugar por el Juzgado número 1, sucesivamente por el Juzgado número 2, 3, 4, 5, 6, 7 y, en último lugar, por el número 8; el Juzgado de violencia sobre la mujer, por el Juzgado que esté en ese momento de guardia, siguiendo el orden sucesivo en segundo, tercer, cuarto, quinto y sexto lugar.

Madrid, a 19 de diciembre de 2022.—El presidente, Celso Rodríguez Padrón.

(03/25.363/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.50.1.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230105-86