Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 3

Fecha del Boletín 
04-01-2023

Sección 1.3.34.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230104-31

Páginas: 8


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE

31
DECRETO 134/2022, de 28 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se declara Bien de Interés Cultural de la Comunidad de Madrid, en la categoría de Interés Industrial, la Nave de Molinos de la antigua Fábrica de Harinas “La Esperanza”, en Alcalá de Henares (Madrid).

Con base en el informe recabado por el Área de Catalogación de Bienes Culturales; de conformidad con lo establecido en el artículo 7 y concordantes de la Ley 3/2013, de 18 de junio, de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid; visto que la nave de molinos de la antigua Fábrica de harinas La Esperanza, en Alcalá de Henares (Madrid), es uno de los primeros ejemplos de electro harineras de la zona que conserva prácticamente intactos los espacios productivos y la maquinaria original; la Dirección General de Patrimonio Cultural, mediante Resolución de 11 de abril de 2022, incoa expediente de declaración como Bien de Interés Cultural del citado bien.

En cumplimiento de la Resolución de incoación de expediente como Bien de Interés Cultural, se notifica a los interesados, a los efectos procedentes, al Ayuntamiento de Alcalá de Henares, interesándole su exhibición en su tablón de anuncios por el plazo de un mes, y se solicita informe a la Real Academia de la Historia, al Colegio Oficial de Arquitectos de Madrid, a la Escuela de Arquitectura de la Universidad de Alcalá y a la Escuela Politécnica Superior de la Universidad de Alcalá.

Igualmente, se abre un período de información pública por plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID (26 de abril de 2022), y se concede audiencia por el mismo plazo a los interesados, al Ayuntamiento de Alcalá de Henares y al Consejo Regional de Patrimonio Histórico, a fin de que cualquier interesado pueda examinar el expediente y presentar las alegaciones que estime oportunas.

Asimismo, se notifica al Registro General de Bienes de Interés Cultural del Ministerio de Cultura y Deporte y al Registro de Bienes de Interés Cultural de la Comunidad de Madrid, quedando anotado preventivamente en los respectivos registros con los códigos 30346 y RBIC-2022-000003.

En el expediente se han cumplimentado todos los trámites previstos de conformidad con lo establecido en el artículo 7 y concordantes de la Ley 3/2013, de 18 de junio, de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid.

El Pleno del Consejo Regional de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid, en el trámite de audiencia concedido, en sesión celebrada el 3 de mayo de 2022, muestra su conformidad por unanimidad de sus miembros, con la resolución de la Directora General de Patrimonio Cultural de 11 de abril de 2022 por la que se incoa expediente de declaración de Bien de Interés Industrial, de la nave de molinos de la antigua Fábrica de harinas La Esperanza, en Alcalá de Henares (Madrid).

La Real Academia de la Historia, en su sesión académica de 24 de junio de 2022, aprueba un informe enteramente favorable, con la confianza de que esta declaración proteja al edificio y su entorno de toda posible especulación.

La Escuela de Arquitectura de la Universidad de Alcalá emite informe favorable a la tramitación del expediente de incoación como Bien de Interés Cultural.

No figura que el Colegio Oficial de Arquitectos de Madrid ni la Escuela Politécnica Superior de la Universidad de Alcalá hayan emitido informe por lo que de conformidad con el artículo 7.3 de la Ley 3/2013, de 8 de junio, el mismo se entiende en sentido favorable a la declaración como Bien de Interés Cultural.

Asimismo, el Pleno de la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando, en su sesión celebrada el 27 de junio de 2022, aprobó el informe, elaborado por la Comisión de Monumentos y Patrimonio Histórico de la citada Academia, por el que se acuerda apoyar tal incoación para su declaración como BIC, en la categoría de Bien de Interés Industrial.

Por todo ello, y no constando que se hayan presentado alegaciones, se reitera la propuesta técnica inicial.

En su virtud, de acuerdo con lo establecido en la Ley 3/2013, de 18 de junio, de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid, y en el artículo 1.3 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, de Patrimonio Histórico Español, el Consejo de Gobierno, a propuesta de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y previa deliberación en su reunión del día 28 de diciembre de 2022

DISPONE

Primero

Declarar Bien de Interés Cultural de la Comunidad de Madrid, en la categoría de Interés Industrial, la Nave de Molinos de la antigua Fábrica de Harinas La Esperanza en Alcalá de Henares, Madrid.

Segundo

Practicar la correspondiente inscripción en el Registro de Bienes de Interés Cultural de la Comunidad de Madrid, de la que se librará oportuna certificación al Ministerio de Cultura y Deporte.

Tercero

El presente Decreto producirá efectos el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 28 de diciembre de 2022.

La Consejera de Cultura, Turismo y Deporte, MARTA RIVERA DE LA CRUZ

La Presidenta, ISABEL DÍAZ AYUSO

ANEXO

“A) DESCRIPCIÓN DEL BIEN OBJETO DE LA DECLARACIÓN

1. Identificación y localización del objeto de la declaración

La nave de molinos, edificio principal de la antigua Fábrica de harinas La Esperanza, se localiza al oeste del núcleo urbano de Alcalá de Henares, en una manzana delimitada por las calles Daoíz y Velarde, Infancia, Andrés Llorente y Luis Astrana Marín, hacia la que se asoma la fachada principal de la fábrica. Su referencia catastral es 8719801VK6881N0001OH.

2. Contexto histórico

Esta fábrica es ejemplo de la transformación iniciada a mediados del siglo XIX en la industria harinera, momento en el que se pasó del aprovechamiento de la energía hidráulica en ingenios formados por ruedas de molino al sistema austrohúngaro empleando en el proceso molinos de cilindros que funcionaban mediante energía eléctrica. Progresivamente se fue implantando un sistema mecanizado de trituración y refinado de harinas, denominado austrohúngaro, ampliamente difundido por la casa suiza Daverio.

De esta forma, para la ubicación de los complejos harineros ya no sería determinante la presencia de un cauce fluvial, pudiendo situar las fábricas próximas a instalaciones ferroviarias, en la periferia urbana, lo que fomentaría una adecuada red de transporte y distribución del producto.

La Fábrica de harinas la Esperanza fue fundada en 1916 por Sergio Real, quien encargó el inmueble al constructor madrileño Martín Lago Pérez. El proyecto preveía la creación de una fábrica, un almacén y una vivienda. La ubicación de esa primera vivienda contemplada en el proyecto inicial se corresponde con el espacio del inmueble que alberga actualmente la conserjería de la Escuela Oficial de Idiomas, y por tanto está desaparecida en la actualidad.

Sergio Real tenía una amplia experiencia en la fabricación de harinas y gestión de fábricas harineras. Animado por su amigo y proveedor Roberto Schatzmann (que era representante de la casa suiza de maquinaria y molinos Daverio, Henrici & Cie.), establece la Fábrica La Esperanza, constituyendo uno de los primeros ejemplos de electro harineras de la zona.

Para ello adquiere un solar perteneciente a la Compañía Eléctrica Complutense, en la periferia urbana de la ciudad y próximo al trazado de la vía ferroviaria. Cuenta para su instalación con molinos de cilindros y plansichters (cernidores) de la marca Daverio, y con motores eléctricos y transformadores Oerlikon, comprados a la empresa Schindler y Behn.

La fábrica arranca con una plantilla de seis empleados y en 1921 ya había solventado todas las deudas económicas contraídas con la construcción del conjunto y puesta en marcha de la producción. La electrificación de la harinera era total, moliendo unos 12.000 kg diarios, llegando a alcanzar en la década de los años 30 los 22.000 kg diarios, con una capacidad de almacenamiento de 1,5 millones de kg.

Al inicio de 1917 Sergio Real compró otra parcela que le permitió ampliar el conjunto. Hasta 1919 se sucederían diversas obras en las que se edificaron un silo, cocheras, nuevos almacenes y, una década después, la casa familiar que se conserva en la actualidad. Dentro de estas adquisiciones destaca el edificio de la antigua Central Eléctrica Complutense que pasaría a ser utilizado como almacén (que se conserva en la actualidad) y que permitiría organizar todas las construcciones de la fábrica en torno a un gran patio de operaciones situado en el espacio libre entre la central y la nave de molinos.

Dentro de la fábrica el proceso productivo seguía un recorrido vertical. Comenzaba en la parte superior con las operaciones de limpia en la que se eliminaban las impurezas de los granos, para iniciar a continuación una primera molienda en la parte baja del edificio. Tras la misma, el grano pasaba nuevamente al nivel superior donde se realizaba el cernido o tamizado separando por tamaño el producto procedente de la molturación. Posteriormente se realizaban sucesivas moliendas hasta alcanzar el refinado de harina deseado. El sistema contaba por tanto con maquinaria para la fase de limpia y cernido en la parte alta, como plansichters y sasores, molinos de cilindros para la molienda del grano en la parte baja, y máquinas para el ensacado e instalaciones complementarias como las poleas de distribución de fuerza, conductos de distribución del grano y harinas, y depósitos.

La fábrica continuaría su funcionamiento en manos de los descendientes de Sergio Real hasta la década de los años 70, cuando es adquirida por diversos particulares, cesando definitivamente su funcionamiento en los años 80.

Siendo ya de titularidad municipal, se redactó en 1990 un proyecto de rehabilitación para convertir la antigua fábrica en un complejo educativo, finalmente integrado por la Escuela Oficial de Idiomas y el Centro de Educación para Adultos Don Juan I (hoy también parte de la Escuela Oficial de Idiomas), destinando los inmuebles de la parcela por tanto a un uso fundamentalmente docente y cultural.

3. Descripción del bien inmueble

El edificio principal de la antigua Fábrica de harinas La Esperanza, o antigua nave de molinos, es el lugar donde se realizaba la totalidad del proceso productivo.

Es un inmueble de estilo neomudéjar de planta rectangular de 32,54 por 8,70 metros y altura repartida en sótano, planta baja, entreplanta y planta primera, construido en fábrica de ladrillo, como ocurre con muchos de los edificios industriales de su época.

Los paramentos de la fachada de ladrillo visto se conforman mediante un aparejo a tizón o a la española. Estos muros se ven interrumpidos por los huecos tanto de ventanales como de acceso, que se encuentran coronados por una disposición del ladrillo a soga o sardinel, formando un dintel en arco. Mediante la traba del aparejo de ladrillo se definen motivos ornamentales en dinteles, cornisa y línea de imposta del nivel del forjado de la primera planta. La profusión de estos huecos en la fachada era necesaria para la ventilación e iluminación interior.

El inmueble cuenta con cubierta a dos aguas que se oculta tras hastiales escalonados formados por la propia terminación de los testeros laterales, también de ladrillo, estructura característica de este tipo de edificios industriales.

Los muros se conforman mediante dos hojas de ladrillo, visto al exterior y revocado al interior, con forjados de madera apoyados en dichos muros. Asimismo, cuenta con un pórtico longitudinal metálico con seis columnas de fundición coincidente con la sección longitudinal de la nave. La cubierta conformada por dos faldones a dos aguas cuenta con una estructura de madera apoyada en la cabeza de los muros con siete cerchas de madera, y acabado exterior en teja árabe.

Actualmente el espacio se distribuye en una zona previa de acceso, desde la que se accede al antiguo espacio de producción. Desde esta planta de entrada se accede por unas escaleras a un nivel de sótano, donde se encuentra el sistema motriz. También desde la planta de acceso o planta baja, a través de unas escaleras situadas en el extremo de la nave se accede a la entreplanta en la que se ubican los molinos, espacio que se asoma a la doble altura generada por la partición del espacio total en dos ambientes mediante el pórtico y columnas. Por último, desde la planta baja unas escaleras de madera conducen a la planta primera, más diáfana que la anterior, en la que se ubican los plansichters y los sasores (empleados para el cernido de la harina) y parte del sistema de empacado de la harina.

4. Enumeración de partes integrantes y de pertenencias

El objeto de la presente declaración abarca el edificio principal de la fábrica, o nave de molinos, con la cubierta a dos aguas con hastiales; suelos, estructura de techumbre, escaleras y conducciones, todo ello de madera noble muy bien conservada; rampa de madera desde la planta superior hasta un hueco en la fachada en la planta baja para la carga de sacos de harina; carpintería original de puertas y ventanas; y vigas y columnas de fundición para crear la entreplanta.

Aunque se conservan otros dos edificios del antiguo complejo fabril (almacén y vivienda familiar), no se considera que tengan valores para su protección como Bien de Interés Cultural, si bien quedan incluidos dentro del entorno.

La fábrica contiene numeroso equipamiento que se puede considerar parte esencial de su historia y que está incluido en esta declaración. La mayor parte de la maquinaria data de los inicios de la actividad de la fábrica en 1916. Se relaciona a continuación el equipamiento más significativo:

— Planta sótano:

• Sistema motriz de ejes y ruedas que junto con otros elementos distribuía el movimiento a la maquinaria empleada en las distintas fases productivas a lo largo de las dos plantas del edificio. No obstante, no se conserva el motor principal.

— Planta baja:

• Sistema de elevador a cangilones, que se conserva a lo largo de toda la altura de la fábrica, permitía la distribución de la materia prima a las fases productivas de la planta baja y la planta alta a través de movimientos sucesivos de acceso y descenso. Se trata de una correa vertical con cangilones de chapa y conducciones (hoy tubos metálicos, en origen de madera de pino). También se conservan las poleas elevadoras, así como el sistema de distribución de madera que fue empleado en la fábrica hasta su cierre.

• Una empacadora de sacos de harina, que cuenta con tres tubos de llenado al final de cuyas bocas se colocaba el saco, fijando el mismo mediante un anillo metálico y ajustando su cierre con correas de cuero. La tolva de llenado es de madera mientras que el sistema de fijación de los sacos junto a la válvula, mediante cuya apertura se producía el llenado del saco, era metálico. Ambos se encuentran en buenas condiciones.

• Cilindros de recambio para los molinos y otro tipo de utillaje (como varias carretillas de madera).

— Entreplanta (sala de molienda):

• Seis molinos mecánicos de cuatro cilindros de sistema austrohúngaro de la compañía suiza Daverio, Henrici & Cíe, que parecen ser los originales instalados en 1916 y se encuentran en muy buen estado de conservación. Cuatro molinos, que se empleaban en la molienda del grano, tienen cilindros de trituración estriados, y dos molinos tienen cilindros lisos, y se empleaban en la compresión del grano.

• Aspiradores helicoidales, de pequeño tamaño fabricado por la firma suiza Bühler. Estos aspiradores creaban una corriente de aire fundamental para la fabricación de harina mediante este sistema austrohúngaro.

• Elevadores de cucharillas, que son cañerías de fundición que conectan toda la maquinaria para asegurar el tránsito del trigo hasta convertirse en harina, sin necesidad de ser manipulado directamente.

• Ciclón recolector de polvo, en el extremo norte de la planta dedicada a la molienda, posiblemente modificado para otro uso.

— Planta primera (sala de limpia y cernido):

• Un depósito de harinas, en el extremo norte, construido íntegramente en madera, que se prolonga verticalmente hasta la planta baja.

• Una columna cepilladora o decantadora de la marca suiza Daverio, que parece de la época fundacional de la fábrica.

• Cuatro plansichters dobles de la patente Daverio para el tamizado o cernido, que datan de la época fundacional de la fábrica y se conservan en buen estado.

• Dos sasores dobles (o tornos centrífugos), de la marca Robinson de los años sesenta. Esta máquina realiza el denominado cernido “sasage” para la limpieza y clasificación de sémolas y semolinas.

• Un recolector de polvo o filtro de mangas, constituido por múltiples mangas de tela.

• Una mezcladora de harinas con dos bocas para el empaquetado de harina.

• Un rociador automático de la marca Daverio.

• Una báscula de fundición de la marca Arisó y Cía.

• Un depósito de grano o tolva, con estructura de fundición, que ocupa la doble altura de la nave.

5. Régimen urbanístico de protección adecuado

La antigua Fábrica de harinas La Esperanza cuenta con una protección de grado 3, ambiental A1, en el Catálogo de Bienes Protegidos del vigente Plan General de Ordenación Urbana de Alcalá de Henares aprobado el 5 de julio de 1991.

El régimen urbanístico de protección incluirá la declaración como Bien de Interés Cultural del inmueble y la protección del entorno establecida en la presente declaración.

B) VALORES QUE JUSTIFICAN LA DECLARACIÓN DEL BIEN

La Fábrica de harinas La Esperanza constituye un destacado ejemplo de patrimonio industrial madrileño. Es uno de los primeros ejemplos de electro harineras de la zona y cuenta con uno de los escasos conjuntos de molinos mecánicos harineros de primera generación conservados en la actualidad.

Constituye un vestigio material de la incipiente industrialización de la ciudad alcalaína, en la que tuvo un importante papel la industria harinera.

Es ejemplo además de la transformación iniciada a mediados del siglo XIX en la industria harinera, cuando se pasó del aprovechamiento de la energía hidráulica en ingenios formados por ruedas de molino al sistema austrohúngaro compuesto por molinos de cilindros electrificados (que proporcionaba una harina más blanca y más fina, y con mejores condiciones de conservación al eliminar el germen).

Esta fábrica harinera se corresponde con la tipología fabril de las electro harineras (conformación en desarrollo vertical al modo las fábricas manchesterianas, con una planta de proporción rectangular y coronada por cubierta a dos aguas, distribuyendo las fases productivas en distintas alturas), y, a pesar de la evolución lógica del conjunto con el tiempo, destaca que esté perfectamente preservado y no se haya alterado sustancialmente. Mantiene la estructura de madera original de la cubierta, así como suelos, escaleras y rampa para cargar en los carros los sacos de harina.

Hay que destacar además que prácticamente toda la maquinaria se conserva en el interior de este inmueble en su posición original, conservando también por tanto la configuración de espacios y circulaciones. Gran parte de la maquinaria, como los molinos mecánicos y los plansichters dobles datan de la época fundacional de la fábrica, se conservan en buen estado y constituyen un testigo excepcional del sistema de fabricación austrohúngaro de principios del siglo XX

Toda la maquinaria y elementos técnicos ilustran un sistema de molienda y de abastecimiento energético ya desaparecido que marcó la pauta en el desarrollo de la industria harinera.

Por estos motivos, tanto por su estado de conservación como por conservar prácticamente intactos los espacios productivos y la maquinaria original, constituye un caso singular y prácticamente único en la Comunidad de Madrid.

Además, la fábrica está incluida en la lista de elementos industriales del “Plan Nacional de Patrimonio Industrial” del Instituto del Patrimonio Cultural de España del Ministerio de Cultura y Deporte.

C) DELIMITACIÓN DEL ENTORNO AFECTADO

El entorno afectado por la declaración de Bien de Interés Cultural se fundamenta en proteger y favorecer al monumento en su consideración de hito cultural e histórico, velar por la adecuación de las intervenciones urbanísticas y arquitectónicas a favor de la puesta en valor del monumento, evitar la alteración o perdida de los valores ambientales y paisajísticos asociados en la percepción del monumento, así como evitar perturbar las visualizaciones del bien objeto de la declaración.

La protección otorgada a los inmuebles como consecuencia de su inclusión en el entorno de protección de la fábrica de harinas se refiere exclusivamente a su envolvente exterior, que es la que puede afectar a la percepción o comprensión cultural del edificio objeto del expediente.

1. Descripción literal

Parcelas catastrales incluidas en el Entorno:

Manzana 87198, en la que están incluidos los edificios de la Escuela Oficial de Idiomas, el almacén de la antigua harinera, que reutiliza el inmueble de la antigua Central Eléctrica Complutense, y la vivienda familiar de los propietarios de la antigua fábrica, que cuenta con un refugio subterráneo construido durante la Guerra Civil. Así como las vías públicas que rodean esta manzana: Calle Andrés Llorente, Calle Infancia, Calle Daoíz y Velarde y Calle Luis Astrana Marín.

2. Justificación del Entorno de Protección

El entorno de la Fábrica de harinas la Esperanza comprende toda la parcela en la que se localiza el inmueble, un espacio vinculado directamente con el bien por constituir el entorno visual, cultural y ambiental en el que cualquier intervención que se realice puede suponer una alteración de las condiciones de percepción del bien y podría perturbar sus valores como bien de interés cultural.

En la parcela, junto a los tres edificios de la antigua fábrica, se sitúan dos inmuebles dedicados a actividades culturales (hoy ambos forman parte de la Escuela Oficial de Idiomas), todos en torno a un patio central.

El área que rodea a esta parcela está formada por zonas residenciales y por una importante zona verde, el Parque O´Donnell. Como la fachada de la fábrica que da la calle Luis Astrana Marín está retranqueada con respecto a los inmuebles que tiene al norte y al sur, entendemos que no es necesario ampliar el entorno a estos edificios.

3. Descripción gráfica del Entorno

En F) se adjunta plano.

D) COMPATIBILIDAD DEL USO CON LA CORRECTA CONSERVACIÓN DEL BIEN

La nave de molinos, de titularidad municipal, se encuentra sin uso desde el cierre de la fábrica, aunque ha sido utilizada por una Escuela-Taller de la localidad que ha realizado tareas de limpieza y albañilería. El uso principal de la manzana es educativo y cultural.

Futuros usos quedarán subordinados a que no se pongan en peligro los valores que justifican la protección como Bien de Interés Cultural, pudiéndose autorizar otros usos que no desvirtúen su imagen o su carácter.

E) ESTADO DE CONSERVACIÓN DEL BIEN Y CRITERIOS DE INTERVENCIÓN

El inmueble de la nave de molinos se encuentra en un estado de conservación aceptable, tras procederse hace años al arreglo de la cubierta. Actualmente pueden verse los siguientes daños: en el exterior, desprendimientos y desgaste de ladrillos, suciedad, rozas modernas en el muro para encajar bajantes, tapiado de puertas en la fachada que da a la calle Luis Astrana Marín, pintadas en los muros, daños en la carpintería de madera de la fachada y marcadas grietas que desarrollan la forma escalonada del hastial sur; en el interior, se observan daños en los forjados de madera.

En la zona de entrada se encuentra paralizada la construcción de unos aseos, habiéndose levantado ya varios tabiques de ladrillo.

Junto a la fachada sur de la nave se construyó la conserjería de la Escuela Oficial de Idiomas. Cuando se levantó el edificio, la salida de humos de la caldera se introdujo por el interior de la fábrica, de tal forma que la canalización atraviesa la cubierta del inmueble por detrás del hastial sur. Los nuevos edificios construidos en los años 90 alteran la percepción de los inmuebles de la antigua fábrica, especialmente del edificio de la nave de molinos.

Los criterios de intervención sobre el conjunto arquitectónico objeto de la declaración en un futuro irán orientados a preservar los valores que motivan la declaración del inmueble como bien de interés cultural. En cualquier caso, las posibles actuaciones que se realicen en el edificio y en su entorno deben regirse por los criterios de intervención establecidas en el artículo 20 de la Ley 3/2013, de 18 de junio, de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid.

En futuras intervenciones se tenderá a recuperar en lo posible la visual de las construcciones históricas de la manzana que actualmente se encuentran ocultas por construcciones modernas.

Además de lo expuesto, será objeto de especial atención cualquier actuación urbanística en los espacios libres y vías públicas que forman parte del entorno, así como cualquier implantación de mobiliario urbano que pudiera alterar la percepción del bien.

F) PLANO DE DELIMITACIÓN DEL BIEN Y DEL ENTORNO DE PROTECCIÓN

Se adjunta plano”.

(03/25.538/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.34.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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