Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 1

Fecha del Boletín 
02-01-2023

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230102-68

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE TORREJÓN DE ARDOZ

RÉGIMEN ECONÓMICO

68
Torrejón de Ardoz. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto de la resolución de fecha 19 de diciembre de 2022, aprobada por acuerdo de Junta de Gobierno Local (punto 13 del orden del día) por la que se convocan las prestaciones económicas dinerarias a favor de mujeres víctimas de violencia de género de 2023 (código: 2022/2022/640800/020).

BDNS: 665460

Primero. Beneficiarias.—Podrán ser destinatarias de las ayudas económicas municipales víctimas de violencia de género, conforme la definición dada por la Ley 5/2005, que cumplan los requisitos siguientes:

1. Tener vigente el título de acreditación de la situación de violencia de género: bien porque exista una medida judicial de protección en favor de la mujer (recogida en sentencia condenatoria, orden judicial de protección, resolución judicial acordando medida cautelar, y excepcionalmente mediante informe del Ministerio Fiscal en el que se ponga de manifiesto el carácter de víctima en tanto se dicte la orden judicial de protección) o con título habilitante de su condición de víctima de género.

2. Ser mayor de edad o emancipada legalmente.

3. Empadronamiento y residencia en la ciudad de Torrejón de Ardoz.

4. Contar con un diseño de intervención social elaborado por trabajadora social del PMORVG, haber procedido a la firma del contrato de compromiso de cumplimiento del DIS, y estar cumpliendo con los compromisos adquiridos con el mismo.

5. Que su unidad familiar, carezca de ingresos mensuales (renta/patrimonio) superiores al ingreso mínimo vital para “otras unidades de convivencia”, salvo las excepciones recogidas en la presente norma.

Segundo. Finalidad.—Concesión de ayudas económicas a las mujeres víctimas de violencia de género y para sus hijos e hijas y otras personas dependientes.

Las ayudas son complementarias al proceso de intervención que se realiza en el PMORVG.

Estas ayudas tienen como finalidad dotar a la víctima de violencia de género de unos recursos económicos mínimos en apoyo de su independencia del agresor, a través de dos líneas de actuación: favorecer la independencia económica de la víctima y favorecer la conciliación de la vida personal y familiar.

Tercero. Bases reguladoras.—La normativa de las prestaciones económicas a favor de las mujeres víctimas de violencia de género:

https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2021/05/05/BOCM-20210505-58.PDF

Cuarto. Cuantía.—El Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz con cargo a la aplicación presupuestaria 140 23102-48001 denominada “Ayudas a víctimas de violencia de género” del presupuesto del 2023, destinará un máximo de treinta y siete mil ciento cincuenta y cinco euros con veintidós céntimos (37.155,21 euros).

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo de presentación estará abierto durante todo el año ya que se tratan de concesiones directas a solicitud de informe de la trabajadora social del PMORVG en el marco de la intervención integral.

Sexto. Otros datos.—El proceso de concesión será en régimen de concesión directa.

El plazo para la justificación de la ayuda económica será de 30 días desde el ingreso de la misma.

Torrejón de Ardoz, a 21 de diciembre de 2022.—El alcalde-presidente, Ignacio Vázquez Casavilla.

(03/25.198/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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