Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 310

Fecha del Boletín 
29-12-2022

Sección 3.10.30: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20221229-107

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS JARAMA

OFERTAS DE EMPLEO

107
Mancomunidad de Municipios Jarama. Ofertas de empleo. Oferta empleo público

Por Resolución de Presidencia, de 27 de diciembre de 2022, de esta Mancomunidad, se aprobó la Oferta de Empleo Público para la estabilización del empleo temporal correspondiente a las plazas que a continuación se reseñan.

“OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO DE LA MANCOMUNIDAD JARAMA PARA LA ESTABILIZACIÓN DE EMPLEO TEMPORAL DE LARGA DURACIÓN

Mediante Resolución de Presidencia de esta Mancomunidad, de 27 de diciembre de 2022, se aprobó la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal, de conformidad con la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de Medidas Urgentes para la Reducción de la Temporalidad en el Empleo Público, con la siguiente relación de plazas:

En cumplimiento del artículo 91 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local, y el artículo 70.2 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, se publica la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal de la Mancomunidad Jarama en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Contra dicha resolución podrán interponer recurso potestativo de reposición ante esta Presidencia en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a su publicación. También podrán interponer, alternativamente, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, con sede en Madrid, en el plazo de dos meses”.

En Talamanca de Jarama, a 27 de diciembre de 2022.—El presidente de la Mancomunidad Jarama (Madrid), Juan Manuel García Sacristán.

(03/25.483/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.30: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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