Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 309

Fecha del Boletín 
28-12-2022

Sección 1.3.34.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20221228-22

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE

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ORDEN 2474/2022, de 9 de diciembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se desestiman solicitudes presentadas al amparo de la Orden 321/2022, de 11 de marzo, por la se convocan ayudas a empresas privadas para la realización de actividades de teatro y danza en 2022.

La Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, a través de la Dirección General de Promoción Cultural, tiene como objetivo el fomento y desarrollo de las artes escénicas.

Mediante la Orden 321/2022, de 11 de marzo, se convocaron las ayudas a empresas privadas para realizar actividades de teatro y danza en 2022.

La Comisión Sectorial de Artes Escénicas y del Circo del Consejo de Cultura de la Comunidad de Madrid en su sesión del día 29 de julio, elaboró una propuesta de resolución en la que aparecen solicitantes que, por diversos motivos, no pueden ser beneficiarios de las mismas.

Por ello, y de conformidad con lo previsto en el artículo 41 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid,

DISPONGO

Artículo 1

Desestimar las solicitudes que se señalan a continuación, en la modalidad de producción de una obra coreográfica, por los motivos que se especifican, al amparo de la Orden 321/2022, de 11 de marzo, de ayudas a empresas privadas para realizar actividades de danza en 2022.

Artículo 2

Desestimar las solicitudes que se señalan a continuación, en la modalidad de producción de una obra teatral, por los motivos que se especifican, al amparo de la Orden 321/2022, de 11 de marzo, de ayudas a empresas privadas para realizar actividades de teatro en 2022.

Artículo 3

La presente Orden pone fin a la vía administrativa y contra la misma los interesados podrán interponer recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que la ha dictado o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, ambos plazos contados desde el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Todo ello conforme a lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

DISPOSICIÓN FINAL

Entrada en vigor

La presente Orden entrará en vigor a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 9 de diciembre de 2022.—La Consejera de Cultura, Turismo y Deporte, P. D. F. (Orden 1389/2021, de 16 de noviembre) el Director General de Promoción Cultural, Gonzalo Cabrera Martín.

(03/24.333/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.34.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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