Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 309

Fecha del Boletín 
28-12-2022

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20221228-124

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 18

124
Madrid número 18. Procedimiento 438/2020

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento pieza responsabilidad civil número 438/2020-0002 (dimanante de procedimiento abreviado) contra don Miguel Ángel Guerrero Serrano, don José Benito García Escudero, y, por un presunto delito de lesiones, en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución:

Auto

El magistrado-juez, don Ángel José Lera Carrasco.—En Madrid, a 22 de septiembre de 2022.

Parte dispositiva:

Se decreta el embargo, en cuanto sea suficiente para cubrir la cantidad de 38.020 euros, fijada para asegurar las responsabilidades pecuniarias del/de los bien/es que seguidamente se indica/n, como de pertenencia de don Miguel Ángel Guerrero Serrano.

Bienes que se declaran embargados y garantías del embargo:

1.o Saldo de la cuenta corriente 21002886481300187397 que el encausado tiene abierta en la entidad Caixabank.

2.o Parte proporcional del sueldo que el encausado perciba del Imsalud-Suma 061.

Una vez notificada la presente resolución al encausado, líbrense los oportunos oficios para la efectividad del embargo trabado.

3.o 10 por 100 de la nuda propiedad del inmueble sito en calle Nuestra Señora de Valverde, número 7, tercero derecha, de Madrid, referencia catastral 1927303VK4812H0007MW.

Se decreta la anotación preventiva del embargo causado sobre el inmueble en el Registro de la Propiedad de correspondiente librándose, una vez notificada la presente resolución al encausado y a los copropietarios (a estos en el domicilio que de los mismos conste en el punto neutro judicial) mandamiento por duplicado al Sr. Registrador, insertándose la presente resolución. Hágase constar que la resolución es firme a efectos registrales.

Póngase esta resolución en conocimiento del ministerio fiscal y demás partes personadas.

Contra esta resolución cabe recurso de reforma en el plazo de tres días, que se interpondrá por escrito ante este Juzgado y autorizado con firma de letrado.

Lo acuerda y firma su señoría. Doy fe.—El/la juez/magistrado-juez.—El/la letrado/a de la Administración de Justicia.

Y para que sirva de notificación a don Miguel Ángel Guerrero Serrano, expido y firmo la presente.

En Madrid, a 15 de diciembre de 2022.—El/la letrado/a de la Administración de Justicia (firmado).

(03/24.519/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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