Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 308

Fecha del Boletín 
27-12-2022

Sección 3.10.20Z: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20221227-137

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ZARZALEJO

OFERTAS DE EMPLEO

137
Zarzalejo. Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo

En aplicación de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público:

Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 25 de noviembre de 2022, se han aprobado las bases reguladoras de las convocatorias para la selección y contratación de una plaza de Educador/a Infantil y otros servicios y de una plaza de Auxiliar Administrativo de Contabilidad y otros servicios, por el procedimiento extraordinario de estabilización, mediante el sistema de concurso.

Por decreto de Alcaldía de 23 de diciembre de 2022, se han aprobado las bases reguladoras de las convocatorias para la selección y contratación de una plaza de Auxiliar Administrativo de Administración y otros servicios y de una plaza de Auxiliar Administrativo de Registro y otros servicios, por el procedimiento extraordinario de estabilización, mediante el sistema de concurso-oposición.

El texto íntegro de las bases reguladoras se encuentra publicado en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento de Zarzalejo: https://zarzalejo.sedelectronica.es

El plazo de presentación de instancias será de veinte días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”.

Contra las bases referenciadas podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante el órgano que las ha aprobado, conforme al artículo 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la presente publicación, si bien la interposición del recurso, excepto en los casos en que una disposición establezca lo contrario, no suspenderá la ejecución del acto impugnado. Podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 25 y concordantes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses desde el día siguiente a la presente publicación. De haberse interpuesto recurso potestativo de reposición, no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta por no haberse resuelto en el plazo establecido para ello. Todo ello, sin perjuicio de que pueda utilizar cualquier otra vía de recurso que estime procedente.

Zarzalejo, a 23 de diciembre de 2022.—El alcalde, Rafael Herranz Ventura.

(03/25.229/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20Z: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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