Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 271

Fecha del Boletín 
14-11-2022

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20221114-79

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE PARLA

RÉGIMEN ECONÓMICO

79
Parla. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto de la resolución de fecha 28 de octubre de 2022, del Área de Nuevas Tecnologías, Recursos Humanos, Economía y Hacienda, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones a entidades ciudadanas del Ayuntamiento de Parla para la participación en la Cabalgata de Reyes que tendrá lugar el próximo 5 de enero de 2023.

BDNS (Identif.): 657079

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/es/index):

Primero. Beneficiarios.—Podrán optar a las subvenciones reguladas en la presente convocatoria, las asociaciones y entidades ciudadanas, legalmente constituidas inscritas en el Registro de Asociaciones del Ayuntamiento y en el registro de asociaciones de la Comunidad de Madrid y que cumplan los siguientes requisitos:

— Estar registradas en el Registro de Asociaciones del Ayuntamiento, con anterioridad al 1 de enero de 2021.

— No estar incursa en ninguna de las causas de incapacidad presentes en el artículo 13.2 de la Ley General de Subvenciones.

Segundo. Objeto.—La presente convocatoria tiene por objeto definir los términos y condiciones que regirá la concesión de las subvenciones que otorgue el Ayuntamiento de Parla, con cargo a los créditos del presupuesto municipal, que tengan por objeto la financiación parcial de los proyectos que se presenten para promover la participación en la Cabalgata de Reyes que se celebrará el 5 de enero de 2023 en Parla.

Tercero. Bases reguladoras.—Ordenanza general de subvenciones del Ayuntamiento de Parla, aprobada en Pleno de fecha 28 de diciembre de 2004, y publicada definidamente el día 8 de marzo de 2005 en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID).

Cuarto. Cuantía.—La cuantía total máxima de las ayudas a otorgar es de diez mil euros (10.000,00 euros) con cargo al presupuesto del ejercicio 2023, quedando condicionado a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el presupuesto de 2023, pendiente de aprobación, en concepto de subvenciones y con cargo a la aplicación presupuestaria 334.489.02 "Convocatorias Subvenciones Entidades Culturales sin ánimo de lucro". Tendrá carácter anual, el pago se realizará con cargo al presupuesto mencionado tras su justificación y como se establece en el artículo 57 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—Las solicitudes normalizadas junto con el resto de documentación exigida en la presente convocatoria, se dirigirán a la Concejalía de Cultura, y se presentarán hasta quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID a través de la Base Nacional de Subvenciones. Así mismo la convocatoria se publicará en el tablón de anuncios de la sede electrónica, portal web municipal.

Parla, a 28 de octubre de 2022.—El concejal-delegado del Área de Nuevas Tecnologías, Recursos Humanos, Economía y Hacienda, Andrés Correa Barbado.

(03/21.511/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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