Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 225

Fecha del Boletín 
21-09-2022

Sección 1.2.200.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220921-25

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

UNIVERSIDAD DE ALCALÁ

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RESOLUCIÓN de 12 de septiembre de 2022, de la Universidad de Alcalá, por la que se modifica la Resolución de 13 de mayo de 2022, por la que se publica la oferta de empleo público de personal de administración y servicios para el año 2022, resultante de la tasa adicional prevista en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.

Por Resolución de 13 de mayo de 2022 de la Universidad de Alcalá, se publica la Oferta de Empleo Público de Personal de Administración y Servicios para el año 2022 resultante de la tasa adicional prevista en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de Medidas Urgentes para la Reducción de la Temporalidad en el Empleo Público (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 26 de mayo de 2022).

Recibida información por parte de la Comunidad de Madrid por la que se desestima la autorización de cuatro plazas de personal laboral de la disposiciones 6.a y 8.a que pasan a autorizarse por el artículo 2.1, y una vez autorizada por el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, en su sesión de 31 de agosto de 2022, la convocatoria pública de la tasa adicional para la estabilización de empleo temporal y de personal indefinido no fijo por sentencia judicial, se procede a la modificación de la Resolución en los siguientes términos:

La presente Resolución agota la vía administrativa, y contra la misma se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación. No obstante, lo anterior, contra la presente Resolución se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el Gerente de la Universidad de Alcalá, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación. No podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en tanto no sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición, caso de haberse interpuesto, conforme a lo previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Alcalá de Henares, a 12 de septiembre de 2022.—El Rector, P. D. (Resolución del Rectorado de 29 de marzo de 2022; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 94 de 21 de abril), el Gerente, Luis Javier Mediero Oslé.

(03/17.785/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.200.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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