Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 218

Fecha del Boletín 
13-09-2022

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220913-69

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SOMOSIERRA

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

69
Somosierra. Organización y funcionamiento. Resoluciones Alcaldía

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, se hace pública la siguiente resolución:

Atendiendo a lo previsto en el decreto de Alcaldía número 90, de 11 de agosto de 2022, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 46 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, se publica anuncio de nombramiento como primer teniente de alcalde a D. Johnny Romario Castro Gutiérrez.

Atendiendo a lo previsto en el decreto de Alcaldía número 91, de 11 de agosto de 2022, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, se publica anuncio de delegación de servicios quedando configurada de la siguiente forma:

— Delegar los Servicios de Medio Ambiente, Deportes, Igualdad y Festejos al concejal D. Gustavo Saavedra Sanz.

Esta delegación comprende la dirección interna, gestión, inspección e impulso de los servicios y áreas correspondientes, mediante actos de trámite, pero sin la facultad de dictar resoluciones que afecten a terceros.

Se hace público que en la sesión extraordinaria del Pleno del Ayuntamiento de Somosierra (Madrid), celebrado en fecha 23 de agosto de 2022, se acordó, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 22.4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local (LRBRL), la delegación en la figura del alcalde-presidente de las siguientes atribuciones que corresponden al Pleno:

1. Apartado j) del artículo 22.2 de la LRBRL, relativo al “ejercicio de acciones judiciales y administrativas y la defensa de la corporación en materias de competencia plenaria”.

2. Apartado m) del artículo 22.2 de la LRBRL, relativo a “La concertación de las operaciones de crédito cuya cuantía acumulada, dentro de cada ejercicio económico, exceda del 10 por 100 de los recursos ordinarios del presupuesto, salvo las de Tesorería, que le corresponderán cuando el importe acumulado de las operaciones vivas en cada momento supere el 15 por 100 de los ingresos corrientes liquidados en el ejercicio anterior. Todo ello, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Reguladora de las Haciendas Locales”.

3. Apartado ñ) del artículo 22.2 de la LRBRL, relativo a “La aprobación de los proyectos de obras y servicios cuando sea competente para su contratación o concesión, y cuando aún no estén previstos en los presupuestos”.

4. Apartado q) del artículo 22.2 de la LRBRL, relativo a la solicitud de todas las subvenciones que puedan convocarse.

5. Apartado q) del artículo 22.2 de la LRBRL, relativo a las competencias como órgano de contratación respecto de los contratos de obras, suministros y servicios que, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 118 y 232 de la Ley de Contratos del Sector Público, por razón de su cuantía, se tramiten siguiendo el procedimiento del contrato menor y que, de acuerdo con la disposición adicional segunda de la Ley de Contratos del Sector Público, sean de competencia del Pleno Municipal.

De acuerdo con lo dispuesto en la legislación que resulta aplicable en materia de delegación de atribuciones, como son los artículos 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y 51 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, el acuerdo plenario por el que se produzca la delegación deberá publicarse en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

De acuerdo con el artículo 75.5 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, se publica anuncio del acuerdo de Pleno extraordinario de fecha 23 de agosto de 2022, relativo a las asistencias e indemnizaciones de los miembros de la Corporación con el siguiente detalle:

— Asignar una indemnización a los miembros de la Corporación Municipal por la asistencia a reuniones de carácter oficial, previamente, autorizadas por la Alcaldía, por importe de 60 euros/reunión.

— Fijar una indemnización a favor de los concejales de esta Corporación por la asistencia a las sesiones plenarias, por importe de 60 euros/sesión.

Somosierra, a 5 de septiembre de 2022.—El alcalde-presidente, Alejandro Trillo Sanz.

(03/17.228/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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