Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 213

Fecha del Boletín 
07-09-2022

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220907-56

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

O. A. Agencia Tributaria Madrid

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Madrid. Régimen económico. O. A. Agencia Tributaria Madrid. Matrícula de tributos

Exposición al público de matrículas de tributos municipales.

La Directora de la Agencia Tributaria Madrid, en el ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas por sus Estatutos, aprobados por Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de 22 de diciembre de 2008, por resoluciones de 6 de septiembre de 2022, ha aprobado las matrículas correspondientes a los siguientes tributos municipales para el ejercicio 2022, así como la exposición al público del presente anuncio mediante su inserción en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Madrid:

— Impuesto sobre Bienes Inmuebles.

— Impuesto sobre Actividades Económicas.

— Tasa por Prestación del Servicio de Gestión de Residuos Urbanos de Actividades.

— Tasa por Utilización Privativa o Aprovechamiento Especial del Suelo, Vuelo o Subsuelo del Dominio Público Local.

Se pone en conocimiento de las personas o entidades obligadas al pago que dichas matrículas estarán expuestas al público, pudiendo consultar sus datos según se indica a continuación, durante el plazo de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID:

— Contactando con la Plataforma de Atención Telefónica de la Agencia Tributaria Madrid en el teléfono 915 298 210 (010 si llama desde la ciudad de Madrid).

— Presencialmente en las Oficinas de Atención Integral al Contribuyente. Podrá obtener la información necesaria para el acceso a dichas oficinas (direcciones, apertura, horarios, cita previa y medidas preventivas) si llama a los teléfonos anteriores, o en la dirección web www.madrid.es/oaic

— Además de lo anterior, para el Impuesto de Bienes Inmuebles y la Tasa por Prestación del Servicio de Gestión de Residuos Urbanos de Actividades en la dirección web https://madrid.es/go/carpetatributaria

Se podrá interponer recurso de reposición potestativo ante la Directora de la Agencia Tributaria Madrid, previo a la reclamación económico-administrativa, o bien directamente reclamación económico-administrativa ante el Tribunal Económico-Administrativo Municipal de Madrid, previa al recurso contencioso-administrativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la finalización del período voluntario de pago (1 de diciembre).

Madrid, a 6 de septiembre de 2022.—La Directora de la Agencia Tributaria Madrid, Gema T. Pérez Ramón.

(01/17.451/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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