Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 191

Fecha del Boletín 
12-08-2022

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220812-60

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 18

60
Madrid número 18. Procedimiento 918/2022

EDICTO

Don José Carlos González Arnal, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de instrucción número 18 de Madrid.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio sobre delitos leves número 918/2022 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y fallo dice:

Sentencia número 261 de 2022

El juez/magistrado-juez, don Ángel José Lera Carrasco.—En Madrid, a 8 de julio de 2022.

Vistos por mí, don Ángel José Lera Carrasco, magistrado-juez de este Juzgado de instrucción número 18 de Madrid, los presentes autos de juicio sobre delito leve número 918/2022, contra don/doña Maahdi Wahimane, en los que ha sido parte el ministerio fiscal, en virtud de las facultades que me han sido dadas por la Constitución y en nombre del Rey, dicto la siguiente sentencia.

Vistos los artículos citados, y demás de general y pertinente aplicación,

Fallo

Que debo absolver y absuelvo a don/doña Maahdi Wahimane de los hechos aquí enjuiciados. Se declaran de oficio las costas procesales.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación en el plazo de cinco días, que se interpondrá por escrito ante este Juzgado y autorizado con firma de letrado.

Así, por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.—El juez/magistrado-juez.

Publicación

Dada, leída y publicada ha sido la anterior sentencia por el señor magistrado-juez que la suscribe, estando celebrada audiencia pública.—Doy fe.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don/doña Maahdi Wahimane, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente.

En Madrid, a 15 de julio de 2022.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(03/15.401/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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