Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 191

Fecha del Boletín 
12-08-2022

Sección 1.3.31.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220812-15

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIÓN LOCAL Y DIGITALIZACIÓN

15
RESOLUCIÓN de 2 de agosto de 2022, de la Dirección General de Reequilibrio Territorial, sobre la clasificación del puesto de colaboración al puesto Tesorería, denominado Vicetesorería, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, del Ayuntamiento de Getafe.

Visto que el Ayuntamiento Getafe, mediante escrito de fecha 5 de mayo de 2022, documentación sobre la clasificación del puesto de colaboración al puesto de Tesorería, denominado Vicetesorería, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, aprobado por acuerdo de Pleno de fecha 16 de marzo de 2022.

Consta en el expediente: Oficio de fecha 3 de mayo de 2022 de la Concejala de RR HH y Seguridad Ciudadana de remisión de la documentación; Propuesta de la Concejala de RR HH y Seguridad Ciudadana de modificación de la RPT de los puestos reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional; Informe Intervención General sobre la creación de nuevos puestos en la RPT reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional; Informe existencia dotación presupuestaria; Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 16 de marzo de 2022, por el que se crea el puesto de colaboración al puesto de Tesorería del Ayuntamiento de Getafe, con las siguientes características: NCD 28, NCE 60.199,19 euros/anuales, Grupo A1, Subescala Intervención-Tesorería, Categoría Superior, forma de provisión concurso.

Documentación complementaria remitida con fecha 12 de julio de 2022 referida al puesto principal al que auxilia el puesto de colaboración y su denominación, siendo la denominación Vicetesorería y el puesto al que auxilia y colabora el de Tesorería.

Visto que dichos puestos se definen como aquellos que las Corporaciones Locales puedan crear discrecionalmente para el ejercicio de las funciones de colaboración inmediata a las de Secretaría, Intervención y Tesorería, correspondiendo su clasificación a las Comunidad Autónomas. Que estos puestos serán clasificados a propuesta de la Corporación y estarán reservados a funcionarios de habilitación de carácter nacional de la subescala y categoría que proceda.

Visto que el artículo 15 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, se debe concluir que la competencia para la creación del puesto corresponde al Ayuntamiento, mientras que la clasificación le corresponde a la Comunidad de Madrid.

Visto que el expediente reúne los requisitos objetivos establecidos.

Visto el informe del Área de Régimen Jurídico Local e Innovación Tecnológica, favorable a dicha clasificación.

Considerando que, esta Dirección General es competente para la resolución de este expediente, de conformidad con lo establecido en el Decreto 198/2021, de 3 de agosto, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Administración Local y Digitalización,

HE RESUELTO

1. Clasificar, en virtud de las competencias de clasificación atribuidas a la Comunidad Autónoma en los artículos 15 del Real Decreto 128/2018, que regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración local con habilitación de carácter nacional, el puesto de colaboración al puesto de Tesorería, del Ayuntamiento de Getafe denominado Vicetesorería, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, en la Subescala Intervención-Tesorería, Categoría Superior, forma de provisión concurso, de conformidad con el acuerdo de creación adoptado por dicho Ayuntamiento por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 16 de marzo de 2022, en virtud de las competencias que le atribuye del artículo 15 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo.

2. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

3. Comunicar la presente Resolución al Ministerio de Hacienda y Función Pública, a los efectos que sean procedentes.

4. Notificar la presente Resolución al Ayuntamiento de Getafe.

5. Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Viceconsejero de Administración Local y Digitalización, o ante el Director General de Reequilibrio Territorial, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación, sin perjuicio de poder ejercitar cualquier otro que estime pertinente en defensa de sus derechos.

Asimismo, para litigios entre Administraciones públicas será de aplicación lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Madrid, a 2 de agosto de 2022.—El Director General de Reequilibrio Territorial, Rafael García González.

(03/16.074/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.31.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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