Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 188

Fecha del Boletín 
09-08-2022

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220809-50

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE BUSTARVIEJO

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Bustarviejo. Régimen económico. Ordenanza fiscal recaudación e inspección

Acuerdo del Pleno ordinario de fecha 27 de mayo de 2022, del Ayuntamiento de Bustarviejo, por el que se aprueba definitivamente la modificación de ordenanza fiscal número 26, general de gestión, recaudación e inspección.

El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 27 de mayo 2022, acordó la aprobación inicial, sin que se hayan presentado alegaciones por lo que, adquiere carácter definitivo automáticamente la modificación de la ordenanza fiscal número 26, general de gestión, recaudación e inspección, cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del artículo 17 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.

Se añade a la redacción del artículo 38 el siguiente punto 7:

7. Será requisito imprescindible, para poder realizar la domiciliación bancaria, aportar certificado de titularidad bancaria emitido por la entidad bancaria por medios digitales en los mismos plazos que en los indicados en el resto del articulado de este artículo.

Se añade al artículo 39, epígrafe 7.f), el siguiente apartado final:

Será requisito imprescindible, para poder realizar la domiciliación bancaria, aportar certificado de titularidad bancaria emitido por la entidad bancaria por medios digitales bien del obligado tributario o bien de otro titular, siempre que se adjunte su consentimiento expreso.

Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 19 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

En Bustarviejo, a 28 de julio de 2022.—El alcalde-presidente, Felipe Blasco Santos.

(03/15.752/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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