Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 188

Fecha del Boletín 
09-08-2022

Sección 1.3.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220809-15

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL

15
ENCOMIENDA de gestión de 26 de julio de 2022, de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social a la Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid en materia de Plan de Desarrollo Gitano.

De una parte, D.a María Concepción Dancausa Treviño, Consejera de Familia, Juventud y Política Social, en virtud de su nombramiento por Decreto 47/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid.

Y, de otra parte, D.a Paloma Martín Martín, Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, en virtud de su nombramiento por Decreto 45/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, que comparece y firma en calidad de Presidenta del Consejo de Administración de la Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid, en virtud del Acuerdo de 15 de septiembre de 2021, del Consejo de Gobierno, por el que se nombra Presidente y a los Vocales del Consejo de Administración de la Agencia de Vivienda Social,

EXPONEN

Primero

El 7 de abril de 2022, el Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia adoptó el Acuerdo sobre la distribución del crédito destinado a la financiación del “Plan de Desarrollo Gitano” entre las Comunidades Autónomas para el año 2022.

En base a la estimación de la población gitana obtenida del Estudio sobre el Mapa de Vivienda y Población Gitana realizado en 2015, se asigna, a la Comunidad de Madrid, el 8,62 por 100 del porcentaje de reparto, correspondiéndole un crédito de 172.400 euros.

Segundo

Los créditos asignados a las comunidades autónomas tienen por finalidad atender las necesidades de las personas gitanas más desfavorecidas y promover el desarrollo de la población gitana mediante la ejecución de proyectos de intervención social seleccionados conforme a los criterios contemplados en el citado Acuerdo del Consejo Territorial.

Tercero

En la Comunidad de Madrid, para la anualidad de 2022, se han seleccionado distintos proyectos/actuaciones de intervención social orientados a la mediación, intervención con adolescentes, prevención de la violencia y orientación laboral de las personas y familias gitanas, en especial, en el ámbito territorial de la Cañada Real.

Cuarto

De conformidad con el Decreto 42/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, y el Decreto 88/2021, de 30 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, corresponde a la Consejería de Familia, Juventud y Política Social el impulso de políticas de servicios sociales en relación con las personas y grupos en riesgo de exclusión social, en situación de necesidad o de vulnerabilidad.

Quinto

De acuerdo con lo establecido en el artículo 1 del Decreto 244/2015, de 29 de diciembre, la Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid es un organismo autónomo mercantil, adscrito a la consejería con competencias en materia de vivienda, que tiene atribuidas, entre otras funciones, el desarrollo de acciones educativas, sociales y laborales encaminadas a la integración social y vecinal de las personas y familias que viven en núcleos chabolistas, así como la realización de investigaciones y actividades divulgativas en el ámbito del chabolismo.

Sexto

Teniendo en cuenta las funciones que viene desarrollando la Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid a tenor de las competencias que tiene atribuidas y la amplia experiencia en el desarrollo de programas de intervención social con las personas y familias gitanas residentes en ámbitos chabolistas, resulta ser un organismo público idóneo para encomendarle el desarrollo de actuaciones programadas para el año 2022, financiadas en el marco del Plan de Desarrollo Gitano estatal.

Por todo ello, al amparo de lo establecido en el artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, los titulares de los órganos intervinientes, en el ejercicio de las atribuciones que tienen conferidas,

ACUERDAN

Primero

Objeto

Encomendar, a la Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid, la gestión de actuaciones programadas para el año 2022, financiadas en el marco del Plan de Desarrollo Gitano estatal, consistentes en la realización de talleres y acciones de orientación laboral, intervención profesional con adolescentes, mediación, prevención de la violencia, etc., destinados a las personas y familias gitanas del ámbito de la Cañada Real, así como otras complementarias de investigación y divulgación de buenas prácticas en áreas de intervención similares.

La gestión de estas actuaciones comprenderá la gestión administrativa y presupuestaria, incluida la tramitación y adjudicación, en su caso, de los contratos administrativos necesarios para su ejecución, así como su seguimiento y coordinación.

Segundo

Régimen económico

La Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid llevará a cabo las actuaciones de gestión administrativa y presupuestaria, así como el seguimiento y coordinación de las actuaciones, con los recursos personales y materiales de los que dispone.

Los gastos en los que se pueda incurrir derivados de la ejecución material de las actuaciones programadas objeto de la encomienda serán financiados con cargo a la transferencia de crédito, por cuantía de 129.172 euros, procedente de la partida 48003-Instituciones sanitarias y de asistencia social, del Centro Gestor 190190000-D. G. Integración, programa 232G-Integración social y prestaciones económicas, posición presupuestaria G/232G/48003, de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social de la Comunidad de Madrid, con destino al Centro Gestor 162020000-Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid, posición presupuestaria G/261B/22709, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura.

La Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid, una vez ejecutadas las actuaciones objeto de la encomienda, remitirá, a la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, una memoria descriptiva de las actuaciones realizadas, la justificación del gasto ejecutado y, en caso de existencia de remanente de crédito no ejecutado, procederá a su reintegro a la Consejería de Familia, Juventud y Política Social. El plazo para la presentación de esta justificación será el establecido para la vigencia de la encomienda de gestión.

Tercero

Naturaleza y alcance

La presente encomienda de gestión tiene naturaleza administrativa, quedando sujeta a lo establecido en el artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Queda, por tanto, excluida de la aplicación de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, según lo establecido en su artículo 6.3; aplicándose únicamente los principios de dicha norma para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse, según dispone su artículo 4.

Cuarto

Competencia

La encomienda de gestión no supone cesión de la titularidad de las competencias que tiene atribuidas la Consejería de Familia, Juventud y Política Social ni de los elementos sustantivos de su ejercicio.

En todo caso, la Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid tendrá la condición de encargada del tratamiento de los datos de carácter personal a los que pudiera tener acceso en ejecución de la encomienda de gestión, siéndole de aplicación lo dispuesto en la normativa de protección de datos de carácter personal de acuerdo con la normativa vigente, en los términos establecidos en el artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Quinto

Plazo

Esta encomienda de gestión producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación y hasta el día 31 de marzo de 2023, sin perjuicio de la posibilidad de que, si resultase necesario, ambas partes puedan acordar su prórroga.

Sexto

Publicación

La presente encomienda de gestión se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 26 de julio de 2022.—La Consejera de Familia, Juventud y Política Social, María Concepción Dancausa Treviño.—La Presidenta del Consejo de Administración de la Agencia de Vivienda Social, Paloma Martín Martín.

(03/15.666/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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