Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 183

Fecha del Boletín 
03-08-2022

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220803-40

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo

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Madrid. Régimen económico. Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto de la convocatoria pública de los “Premios Blockchain y Tecnologías Avanzadas 2022” del Ayuntamiento de Madrid aprobada por decreto de 22 de julio de 2022, del delegado del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo.

BDNS IDENTIF.: 641151

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index ):

Primero. Objeto.—Los “Premios Blockchain y Tecnologías Avanzadas 2022” buscan reconocer y dar visibilidad a las startups y profesionales que hayan destacado en plantear soluciones tecnológicas basadas en el uso de blockchain y otras tecnologías disruptivas. Esto fortalecerá el sector de la innovación tecnológica en Madrid visibilizando a los emprendedores más valiosos frente a todo el sector económico de la ciudad.

Segundo. Beneficiarios.—Podrán participar en los “Premios Blockchain y Tecnologías Avanzadas 2022” las pymes con residencial fiscal en España, constituidas como tales, según la definición establecida en la Recomendación de la Comisión Europea del 6 de mayo de 2003.

Deben estar constituidas en alguna de las siguientes formas jurídicas:

I) Persona física: empresario individual o autónomo, emprendedor de responsabilidad limitada, comunidades de bienes y sociedades civiles, o

II) Persona jurídica: sociedad anónima, sociedad limitada, sociedad limitada nueva empresa, sociedad limitada laboral, cooperativas y asociaciones que ejerzan una actividad económica de forma regular.

Tercero. Bases reguladoras.—Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos de 30 de octubre de 2013, aprobada por acuerdo de 30 de octubre de 2013 del pleno del Ayuntamiento de Madrid y el decreto del delegado del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo, de 22 de julio de 2022, por el que se aprueba la convocatoria pública de los “Premios Blockchain y Tecnologías Avanzadas 2022”.

Cuarto. Cuantía.—El crédito total destinado a esta convocatoria se cifra en 480.000 euros.

Se otorgarán 12 premios de 40.000 euros cada uno.

Los criterios de valoración son los especificados en el apartado 11 de las bases de la convocatoria.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo para la presentación de las solicitudes comenzará a las 00:00 horas del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y terminará a las 23:59 horas del 10 de octubre de 2022.

Sexto. Órganos competentes.—Los órganos competentes para la instrucción y la resolución del procedimiento regulado en la convocatoria serán la Dirección General de Innovación y Emprendimiento y el Delegado del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo.

Séptimo. Resolución.—El Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo publicará la resolución de los premios concedidos en el “BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID”, sin perjuicio de su publicación en el “Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid”, en la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid ( https://sede.madrid.es ) y en la página web www.madrid.es

Octavo. Abono de los premios.—Una vez presentada la documentación requerida en el apartado 13 de las bases de la convocatoria, el premio será abonado a los ganadores mediante transferencia bancaria.

Atendiendo al apartado 5.d) de la disposición adicional primera de la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Madrid, se procederá a practicar la retención fiscal que proceda, conforme a la normativa vigente, en el documento contable de reconocimiento de la obligación.

Madrid, a 22 de julio de 2022.—El delegado del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo (firmado).

(03/15.587/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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