Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 182

Fecha del Boletín 
02-08-2022

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220802-51

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE PARLA

RÉGIMEN ECONÓMICO

51
Parla. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Convocatoria Subvención para la XXV Muestra Local de Teatro.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index ):

BDNS: 640544

Primero. Beneficiarios.—Podrán optar a las subvenciones reguladas en la presente convocatoria las personas, colectivos y asociaciones que cumplan los siguientes requisitos:

— Tener un proyecto teatral.

— Poder acreditar su residencia habitual en Parla.

— Poder acreditar cierta trayectoria escénica en el municipio de Parla.

— No estar incursas en ninguna de las causas de incapacidad presentes en el artículo 13.2 de la Ley General de Subvenciones.

Segundo. Objeto.—La presente convocatoria tiene por objeto definir los términos y condiciones que regirán las concesiones de las subvenciones que otorgue el Ayuntamiento de Parla, con cargo a los créditos del presupuesto municipal, que tengan por finalidad promover la creación escénica y la participación ciudadana a través del apoyo a un programa consolidado en el municipio como es la Muestra Local de Teatro, organizado por el Ayuntamiento desde hace 25 años.

La participación en XXV Muestra Local de Teatro será posible siempre y cuando se cumplan todos los requisitos publicados en la presente convocatoria y se realice la solicitud en el plazo indicado.

Dicha participación no está sujeta a la adjudicación o no de subvención, pudiendo participar como proyecto a concurso, independientemente que se solicite o se otorgue la subvención.

Tercero. Bases reguladoras.—Ordenanza general de subvenciones del Ayuntamiento de Parla, aprobada en pleno de fecha 28 de diciembre de 2004 y publicada definitivamente el día 8 de marzo de 2005 en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Cuarto. Cuantía.—La cuantía total máxima de las ayudas a otorgar es de 3.000 euros en concepto de subvenciones con cargo a los créditos disponibles y retenidos las aplicaciones presupuestarias, con cargo a la aplicación presupuestaria 334.489.00 “Premios certámenes literarios”. Tendrá carácter anual, el pago se realizará con cargo al presupuesto del año 2022 tras su justificación y como se establece en artículo 57 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—Las solicitudes normalizadas, junto con el resto de documentación exigida en la presente convocatoria, se dirigirán a la Concejalía de Cultura, y se presentarán hasta el 21 de septiembre de 2022. Asimismo, la convocatoria se publicará en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Parla y en el tablón de anuncios de la Concejalía de Cultura, el tablón de anuncios de la Sede Electrónica y portal web municipal.

Parla, a 21 de julio de 2022.—El concejal-delegado del Área de Nuevas Tecnologías, Recursos Humanos, Economía y Hacienda, Andrés Correa Barbado.

(03/15.512/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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