Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 178

Fecha del Boletín 
28-07-2022

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220728-71

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1

71
Móstoles número 1. Ejecución 128/2022

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Victoria Esteban Delgado, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 1 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento número 128/2022 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Khalid El Youssfi, frente a Proyecto Zero Soluciones, S. L., sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado la siguiente resolución:

Decreto

En Móstoles, a 6 de julio de 2022.

Antecedentes de hecho:

Primero.—Por resolución de 8 de junio de 2022, se acordó en estos autos despachar ejecución contra los bienes del deudor, Proyecto Zero Soluciones, S. L., a fin de dar cumplimiento forzoso a lo resuelto en sentencia recaída en los mismos.

Segundo.—El importe del principal, intereses legales y costas provisionalmente calculados que aún están pendientes de pago asciende, respectivamente, a 13.432,94 euros de principal (1.935,98 euros corresponden a indemnización y 11.496,96 euros a salarios de trámite) y 1.300 euros de intereses y costas calculados provisionalmente.

Dicho deudor había sido declarado ya insolvente por decreto dictado el 17 de marzo de 2022 por el Juzgado Social número 12 de Madrid.

Fundamentos jurídicos:

Primero.—De conformidad con lo dispuesto en el apartado tercero del artículo 276 de la LRJS, la declaración judicial de insolvencia de una empresa constituirá base suficiente para estimar su pervivencia en otras ejecuciones, sin necesidad de reiterar los trámites de averiguación de bienes establecidos en el artículo 250 de esta Ley.

Segundo.—En el presente supuesto, cumplido el trámite de audiencia a la parte actora y al Fondo de Garantía Salarial, sin que por los mismos se haya señalado la existencia de nuevos bienes procede, sin más trámites, declarar la insolvencia parcial de la ejecutada.

Por todo lo cual,

Parte dispositiva:

A los efectos de las presentes actuaciones y para el pago de 13.432,94 euros de principal (1.935,98 euros corresponden a indemnización y 11.496,96 euros a salarios de trámite) y 1.300 euros calculados para intereses y costas, se declara la insolvencia provisional total del ejecutado, Proyecto Zero Soluciones, S. L., sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.

Hágase entrega de certificación a la parte ejecutante a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el Fondo de Garantía Salarial.

Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.

Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de tres días desde su notificación.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.—La letrada de la Administración de Justicia, doña María Victoria Esteban Delgado.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la LRJS.—Doy fe.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Proyecto Zero Soluciones, S. L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

En Móstoles, a 6 de julio de 2022.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/14.284/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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