Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 173

Fecha del Boletín 
22-07-2022

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220722-78

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE COLMENAR VIEJO

RÉGIMEN ECONÓMICO

78
Colmenar Viejo. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto de convocatoria pública concesión ayudas por el Ayuntamiento de Colmenar Viejo a Entidades Locales Sin Ánimo de Lucro del Ámbito Social, año 2022.

BDNS (Identif.): 639334

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( http://www.papa.minhab.gob.es/bdnstrans/index ):

Primero. Beneficiarios.—Podrán solicitar estas ayudas las organizaciones no gubernamentales, las entidades sin ánimo de lucro, las fundaciones y asociaciones que tengan entres sus fines la acción social; y que cumplan los requisitos que figuran en las bases de convocatoria y los establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Segundo. Objeto.—Las normas y los procedimientos que se contienen en las bases de la convocatoria tienen por objeto regular el régimen jurídico de concesión de las ayudas previstas por el Ayuntamiento de Colmenar Viejo a favor de entidades sin ánimo de lucro, con desarrollo de sus actividades de acción social en el municipio de Colmenar Viejo. Las subvenciones se destinarán a proyectos destinados a prevenir la exclusión social de colectivos que por diferentes razones, vulnerabilidad del propio colectivo, situaciones sobrevenidas o situaciones de alta precariedad económica se encuentran en situación de riesgo de exclusión o vulnerabilidad social.

Tercero. Régimen de concesión.—Concurrencia competitiva.

Cuarto. Crédito presupuestario.—La cuantía global destinada para estas ayudas es de 17.000,00 euros, que se harán efectivos con cargo a la aplicación presupuestaria 231.480.02 del presupuesto de gastos para el año 2022.

Quinto. Presentación de solicitudes.—El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales, contados desde el día siguiente al de la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, previa publicación de la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS).

Sexto. Entidad otorgante.—Ayuntamiento de Colmenar Viejo. Concejalía de Política Social, Mayores e Igualdad. Calle Carlos Aragón Cancela, número 5, 28770 Colmenar Viejo (Madrid). Teléfono: 911 380 095.

Séptimo. Lugar de presentación.—Las solicitudes, proyectos y demás documentación exigible, se presentarán por medios telemáticos en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Colmenar Viejo ( www.colmenarviejo.com ), así como mediante las demás formas previstas en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Colmenar Viejo, a 15 de julio de 2022.—El alcalde-presidente, José García Díaz.

(03/14.934/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220722-78