Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 172

Fecha del Boletín 
21-07-2022

Sección 1.2.25.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220721-8

Páginas: 167


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES

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RESOLUCIÓN de 15 de julio de 2022, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se aprueban los expedientes de los procedimientos selectivos para ingreso y acceso convocados por resolución de 11 de marzo de 2020.

Mediante Resoluciones 22 de octubre y de 17 noviembre de 2021, de la Dirección General de Recursos Humanos, se nombran funcionarios en prácticas a los aspirantes seleccionados en el procedimiento selectivo para ingreso y acceso a los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Música y Artes Escénicas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño y de Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño y procedimiento para la adquisición de nuevas especialidades por los funcionarios de los citados Cuerpos, convocado por Resolución de 11 de marzo de 2020.

Realizada la fase de prácticas prevista en la base novena de la citada Resolución y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 32 del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo de Educación, y se regula el régimen transitorio de ingreso a que se refiere la disposición transitoria decimoséptima de la citada Ley, esta Dirección General,

RESUELVE

Primero

Aprobar el expediente de los procedimientos selectivos de ingreso y accesos convocados por Resoluciones de 11 de marzo de 2020.

Segundo

Declarar “aptos” en la fase de prácticas a los aspirantes seleccionados por Resolución de esta Dirección General de 23 de julio de 2021, que figuran relacionados en el Anexo I, indicando asimismo como “Exentos” a aquellos seleccionados que de conformidad con lo establecido en la base novena de la Resolución de 11 de marzo de 2020, estaban exentos de la evaluación de las mismas.

Tercero

Declarar pendientes de calificación por las Comisiones Evaluadoras a los aspirantes relacionados en el Anexo II por las causas que se indican en el mismo. Estos profesores deberán realizar la fase de prácticas durante el curso 2022-2023.

Los Directores de los respectivos centros comunicarán, una vez iniciado el próximo curso académico, al Presidente de la Comisión de Evaluación de las practicas, la incorporación de los Profesores que se relacionan en el Anexo II para que se proceda a su calificación, procediéndose posteriormente por las Comisiones a enviar a esta Dirección General las actas con la calificación obtenida.

Cuarto

El régimen jurídico administrativo del profesorado al que se declara “apto” en la fase de prácticas será, hasta su toma de posesión como funcionarios de carrera, el de funcionarios en prácticas, siempre que estén desempeñando un puesto docente.

Quinto

Esta Dirección General elevará propuesta al Ministerio de Educación y Formación Profesional para que proceda al nombramiento como funcionarios de carrera en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Música y Artes Escénicas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño a los aspirantes seleccionados que figuran relacionados en el Anexo I, así como aquellos que de conformidad con lo establecido en la base novena de la Resolución de 11 de marzo de 2020, estaban exentos de la evaluación de las mismas. Los efectos del nombramiento serán de 1 de septiembre de 2022.

Sexto

De conformidad con los artículos 115, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo común de las Administraciones Públicas, contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante la Viceconsejería de Organización Educativa en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación.

Madrid, a 15 de julio de 2022.—El Director General de Recursos Humanos, Miguel José Zurita Becerril.









































































































































































































































































































































(03/14.959/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.25.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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