Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 172

Fecha del Boletín 
21-07-2022

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220721-102

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 30

102
Madrid número 30. Ejecución 101/2022

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D. ISMAEL PEREZ MARTINEZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 30 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento 101/2022 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de Dña. ESTHER MARIA BARAMBIO VAZQUEZ frente a SAS MAISON ABRIZA sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución: AUTO

PARTE DISPOSITIVA

- Se declara extinguida la relación laboral entre de Dª ESTHER BARAMBIO VÁZQUEZ y SAS MAISON ADRIZZA con efectos de esta resolución, 1 de julio de 2022.

- Se condena a SAS MAISON ADRIZZA a satisfacer a la ejecutante, una indemnización de 12.255,98 euros, computándose como tiempo de servicio el transcurrido desde el inicio de la relación laboral hasta la fecha de esta resolución, es decir, que dicha indemnización incluye la ya reconocida en sentencia hasta la fecha del despido.

- Se condena a la empresa a abonar a la demandante en concepto de salarios de tramitación el importe de 135.143,48 euros brutos, sin perjuicio de los descuentos que procedan y obligaciones de las partes en relación con la prestación de desempleo que se haya podido percibir (artículo 268.5 LGSS).

MODO IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los tres dias hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda por aplicación del art 184.1 de la L.E.C.

Así, lo acuerda, manda y firma Dª María Aránzazu Espejo-Saavedra López, Magistrada - Juez de refuerzo de los Juzgados de lo Social, de Madrid.

Y para que sirva de notificación en legal forma a SAS MAISON ABRIZA, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a siete de julio de dos mil veintidós.

EL LETRADO DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/14.531/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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