Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 161

Fecha del Boletín 
08-07-2022

Sección 1.2.108.27: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220708-8

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE SANIDAD

SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD

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RESOLUCIÓN de 24 de junio de 2022, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud, por la que se procede a declarar la exclusión de aspirantes en las pruebas selectivas para el acceso a la condición de personal estatutario fijo, por el turno libre, en la categoría de Técnico Superior Especialista en Radiodiagnóstico del Servicio Madrileño de Salud, por incumplimiento de requisitos.

Por Resolución de 7 de febrero de 2019, la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Labores del Servicio Madrileño de Salud (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 14 de febrero) convocó pruebas selectivas para el acceso a la condición de personal estatutario fijo por el turno libre en la categoría de Técnico Superior Especialista en Radiodiagnóstico del Servicio de Salud de la Comunidad de Madrid.

La base segunda de la convocatoria en su apartado 2.1.f) establece como requisito para ser admitido a la realización de estas pruebas selectivas “No poseer la condición de personal estatutario fijo en la categoría convocada o equivalente, conforme a lo establecido en la Orden SSI/2420/2015, de 11 de noviembre, por la que se actualiza el catálogo homogéneo de equivalencias de las categorías profesionales del personal estatutario de los Servicios de Salud, cualquiera que sea su situación administrativa”. Este requisito, al igual que el resto de los establecidos en la base segunda, deberá poseerse el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión.

En virtud de lo establecido en la mencionada base, por el Tribunal de las pruebas selectivas de Técnico Superior Especialista en Radiodiagnóstico, se inicia el procedimiento establecido en la base sexta de la convocatoria y se constata la condición de personal estatutario fijo en dicha categoría en los siguientes Servicios de Salud:

— Servicio Andaluz de Salud (“Boletín Oficial de la Junta de Andalucía” número 59, de 29 de marzo de 2021).

— Servicio Aragonés de Salud (“Boletín Oficial de Aragón” número 18, de 28 de enero de 2020, y número 137, de 13 de julio de 2020).

— Servicio Asturiano de Salud (“Boletín Oficial del Principado de Asturias” número 29 de 11 de febrero de 2022).

— Servicio de Salud de Castilla y León (“Boletines Oficial de Castilla y León” número 209, de 28 de octubre de 2021, y número 89, de 11 de mayo de 2005).

— Servicio Balear de Salud (“Boletín Oficial de las Islas Baleares” número 174, de 10 de octubre de 2020)-

— Ministerio de Defensa (“Boletín Oficial del Estado” número 80, de 3 de abril de 2021).

— Servicio Riojano de Salud (“Boletín Oficial de La Rioja número 95, de 3 de agosto de 2020).

Vista la sentencia del Tribunal Supremo número 823/2021 sobre recurso de casación, que fija como criterio interpretativo aplicable para la formación de jurisprudencia que en los procedimientos no sancionadores que adoptan acuerdos restrictivos de derechos, la omisión del trámite de audiencia al interesado carece de efecto invalidante cuando tal omisión no produce indefensión real material.

En los casos que se indican en esta resolución ha quedado acreditada por los Servicios de Salud referidos la toma de posesión de los aspirantes como personal estatutario fijo en la categoría de Técnico Superior Especialista en Radiodiagnóstico, por lo que la omisión del trámite de audiencia establecido en la base sexta de la convocatoria no produce indefensión real material.

Verificada la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Técnico Superior Especialista en Radiodiagnóstico de las personas referidas, el Tribunal Calificador eleva a esta Dirección General la propuesta de su exclusión del proceso selectivo.

Por lo anteriormente expuesto, esta Dirección General en uso de las competencias que tiene atribuidas en el artículo 10 del Decreto 2/2022, de 26 de enero, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica del Servicio Madrileño de Salud,

RESUELVE

Declarar la exclusión de las pruebas selectivas para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Técnico Superior Especialista en Radiodiagnóstico del Servicio de Salud de la Comunidad de Madrid, convocadas por Resolución de esta Dirección General de 7 de febrero de 2019 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 14 de febrero), de los siguientes aspirantes:



Por incumplir el requisito exigido en la base 2.1.f) de la convocatoria: “No poseer la condición de personal estatutario fijo en la categoría convocada o equivalente, conforme a lo establecido en la Orden SSI/2420/2015, de 11 de noviembre, por la que se actualiza el catálogo homogéneo de equivalencias de las categorías profesionales del personal estatutario de los Servicios de Salud, cualquiera que sea su situación administrativa”, en relación con lo establecido en la base 2.2, “Los requisitos establecidos en la base segunda deberán poseerse el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión”.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante la Viceconsejería de Asistencia Sanitaria y Salud Pública, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, conforme a lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente interponer para mejor defensa de sus intereses.

Madrid, a 24 de junio de 2022.—La Directora General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales, Raquel Sampedro Blázquez.

(03/13.618/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.108.27: I. COMUNIDAD DE MADRID

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