Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 158

Fecha del Boletín 
05-07-2022

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220705-125

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VALDEMORILLO

RÉGIMEN ECONÓMICO

125
Valdemorillo. Régimen económico. Ordenanza fiscal utilización dominio público

Finalizado el plazo de exposición pública del acuerdo adoptado por el Pleno de este Ayuntamiento en fecha 17 de junio 2021, de aprobación inicial de modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por utilización privativa y aprovechamiento especial del dominio público local de Valdemorillo, que fue objeto de publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 173, de 22 de junio de 2021, y no habiéndose presentado, dentro del período de información pública, alegaciones frente al acuerdo provisional relativo a dicha ordenanza, se considera automáticamente elevado a definitivo dicho acuerdo provisional de conformidad con el artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y de conformidad con la previsto en el punto 4 del artículo 17 del mismo texto legal, se publica a continuación el texto definitivamente aprobado de la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por utilización privativa y aprovechamiento especial del dominio público local de Valdemorillo, consistente en la incorporación de una disposición transitoria segunda, en los siguientes términos:

«DISPOSICIÓN TRANSITORIA SEGUNDA

Se suspende temporalmente hasta el 31 de diciembre de 2021, la aplicación y efectividad de esta tasa para los obligados tributarios vinculados o relacionados con el epígrafe 1.2 “Otros puestos de venta, atracciones, espectáculos, etcétera”, del artículo 8º “Base imponible y cuota tributaria».

Contra el presente acuerdo de modificación de ordenanza fiscal elevado automáticamente a definitivo, conforme al artículo 19 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Valdemorillo, a 23 de junio de 2022.—El alcalde, Santiago Villena Acedos.

(03/13.164/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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