Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 155

Fecha del Boletín 
01-07-2022

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220701-65

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE POZUELO DE ALARCÓN

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

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Pozuelo de Alarcón. Organización y funcionamiento. Delegación funciones

La Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria celebrada el 8 de junio de 2022, adoptó el siguiente acuerdo:

«En consecuencia, se propone a la Junta de Gobierno Local, la adopción del siguiente acuerdo:

Primero. Realizar las siguientes modificaciones en el acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 14 de julio de 2021 de delegación de competencias en titulares de Área y concejales-delegados:

En el apartado Primero. I.1. Área de Gobierno de Vicealcaldía, “En el ámbito de contratación” añadir el número 15 siguiente:

15. Autorizaciones demaniales cuando se utilice un procedimiento de adjudicación previsto en la legislación de contratos del sector público.

En el apartado Primero. I.2.1. Concejalía-Delegada de Obras, Rehabilitación de Cascos y Patrimonio modificar las delegaciones de los siguientes apartados en la forma que se indica a continuación:

3. Autorizaciones y licencias demaniales que impliquen ejecución de obras en la vía pública.

5. Autorizaciones y licencias demaniales para la ocupación de bienes municipales que no impliquen ejecución de obras en la vía pública, así como concesiones demaniales para la colocación o instalación de infraestructuras en el dominio público (transformadores de energía eléctrica, centros de seccionamiento, báculos de señalización de establecimientos en los casos permitidos por la legislación sectorial, etc.).

En el apartado Primero. II.1. Área de Gobierno de Servicios de la Ciudad y Pozuelo 2030, las delegaciones de los apartados 3, 4 y 5 quedan modificadas de la siguiente forma:

3. Tramitación -sin perjuicio de la que sea competencia de la Gerencia Municipal de Urbanismo- e impulso de los expedientes relativos a los instrumentos de planeamiento urbanístico.

4. Tramitación -sin perjuicio de la que sea competencia de la Gerencia Municipal de Urbanismo- e impulso de los expedientes relativos a los instrumentos de gestión urbanística.

5. Tramitación -sin perjuicio de la que sea competencia de la Gerencia Municipal de Urbanismo- e impulso de los proyectos de urbanización.

Segundo. Eficacia del acuerdo.—El presente acuerdo surtirá efectos desde su aprobación, debiendo darse cuenta al Pleno y comunicarse a las Áreas de Gobierno, Concejalías-Delegadas y Órganos Directivos, sin perjuicio de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID».

Pozuelo de Alarcón, a 21 de junio de 2022.—El titular del Órgano de Apoyo a la Junta de Gobierno Local, Antonio Iglesias Moreno.

(03/12.957/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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