Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 153

Fecha del Boletín 
29-06-2022

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220629-107

Páginas: 3


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VALDEMORO

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

107
Valdemoro. Organización y funcionamiento. Delegación de funciones

Se publica íntegra, para general conocimiento, la siguiente resolución de la Alcaldía-Presidencia del Ayuntamiento de Valdemoro:

A) Decreto 2358/2022, de 16 de junio, que dice literalmente:

“Visto que en el Pleno Municipal del día 16 de junio de 2022 tomó posesión de su cargo como concejala de la Corporación Municipal doña Guadalupe García García, este alcalde considera necesaria la reestructuración de las competencias delegadas anteriormente a los concejales, atendiendo a la incorporación al Gobierno Municipal del referido concejal.

De conformidad con lo establecido en el artículo 23 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en relación con lo establecido en los artículos 43, 44, 45, 51, 114 y siguientes del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, corresponde al alcalde la facultad de delegar el ejercicio de determinadas atribuciones a los concejales de Gobierno.

Por todo ello, esta Alcaldía resuelve:

Primero.—Conferir delegación genérica, con la denominación de concejala-delegada de Urbanismo, Obras y Servicios, Vivienda, Movilidad, Transportes y Emprendimiento, a la concejala señora doña Raquel Cadenas Porqueras, para dirigir y gestionar los servicios correspondientes a las materias delegadas, sin facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros.

Conferir delegación a doña Raquel Cadenas Porqueras con facultad para resolver mediante actos que afecten a terceros, incluida la facultad de resolver recursos ordinarios en vía administrativa, de las siguientes atribuciones de esta Alcaldía:

a) Consultas sobre información urbanística.

b) Licencias de obras menores y declaraciones responsables que no estén conferidas en la Junta de Gobierno Local.

c) Los actos relativos a las materias de inspección y protección de la legalidad urbanística, de obras y actividades sometidas a intervención administrativa e inspección; incluyendo las de dictar órdenes de ejecución, demolición, la adopción de medidas cautelares y provisionales en las citadas materias.

d) La ejecución de la ordenanza de inspección técnica de la edificación.

e) Terrazas y veladores.

f) Autorizaciones y concesiones demaniales contenidas en los epígrafes I, II y III de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por ocupación de terrenos de uso público y utilización privativa o aprovechamiento especial de las dependencias municipales.

g) Licencias de tenencia de animales potencialmente peligrosos.

h) Tarjetas de estacionamiento para personas con movilidad reducida.

i) Tarjetas de usuario del servicio de estacionamiento regulado, cuando procedan.

j) Venta ambulante.

k) Devolución de fianzas derivadas del otorgamiento de licencias urbanísticas.

l) Dentro de las materias objeto de delegación, la rectificación de errores materiales, aritméticos y de hecho.

Segundo.—Conferir delegación genérica, con la denominación de concejala-delegada de Servicios Sociales, Mayores, Empleo, Comercio y Diversidad Funcional, a la concejala señora doña Noemí Taboso Muñoz, para dirigir y gestionar los servicios correspondientes a las materias delegadas, sin facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros.

Tercero.—Conferir delegación genérica, con la denominación de concejala-delegada de Medio Ambiente, Personal, Régimen Interior, Turismo, Patrimonio Histórico y Consumo, a la concejala señora doña Guadalupe García García, para dirigir y gestionar los servicios correspondientes a las materias delegadas, sin facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros.

Conferir delegación a doña Guadalupe García García con facultad para resolver mediante actos que afecten a terceros, incluidos recursos en vía administrativa, la siguiente atribución de Medio Ambiente de esta Alcaldía:

1. Autorización de tala, poda y retirada de arbolada.

Cuarto.—Conferir delegación genérica, con la denominación de concejala-delegada de Educación, Cultura, Juventud, Deportes, Igualdad y Salud, a la concejala señora doña MaríaNieves Pérez Couso, para dirigir y gestionar los servicios correspondientes en las materias delegadas, sin facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros.

Quinto.—La Alcaldía mantiene las competencias referidas a Seguridad, Tráfico y Emergencias, Economía, Hacienda, Sanciones, Contratación, TIC y Agenda 2030.

Sexto.—Establecer el alcance y condiciones de ejercicio de las atribuciones resolutorias delegadas en los siguientes términos:

a) La delegación comporta la traslación al órgano delegado del ejercicio de la función resolutoria sobre determinadas materias, conservando la Alcaldía, como órgano delegante, su titularidad y la facultad de modificar, suspender o avocar la delegación en todo momento.

b) La función resolutoria comprende la facultad de dictar actos de trámite y resoluciones administrativas dentro del ámbito competencial delegable de titularidad de la Alcaldía, correspondiendo a esta las atribuciones reservadas expresamente, no delegables o no delegadas que el ordenamiento jurídico no reconozca como de titularidad del Pleno del Ayuntamiento.

c) Los órganos municipales no pueden alterar el ejercicio de las atribuciones que les hayan sido delegadas mediante nueva delegación de atribuciones o de firma.

d) La delegación mantendrá su eficacia con independencia de que cambien las personas titulares o miembros del órgano delegante o del órgano delegado.

e) La delegación se entiende conferida por tiempo indefinido.

f) En caso de duda, prevalecerán las delegaciones conferidas a favor de órganos colegiados respecto de las recibidas por órganos unipersonales y las posteriores sobre las anteriores.

g) Los actos y las resoluciones dictadas por el órgano delegado se entienden dictados a todos los efectos administrativos por la Alcaldía, que no puede actuar en el ámbito delegado mientras no proceda a su modificación, suspensión o revocación o la avoque en un caso concreto.

h) En los actos y resoluciones que se dicten por delegación de atribuciones se indicará expresamente esta circunstancia, identificando al órgano titular de la competencia, el órgano que la ejerce, el decreto de Alcaldía en que se funda la delegación y su fecha de publicación.

Séptimo.—El órgano delegante conservará las siguientes facultades en relación con las competencias delegadas:

a) La de recibir información detallada de la gestión de la competencia delegada y de los actos o disposiciones emanados en virtud de la delegación.

b) La de ser informado previamente a la adopción de decisiones de trascendencia.

c) Los actos dictados por el órgano delegado en el ejercicio de las atribuciones delegadas se entienden dictados por el órgano delegante, correspondiendo, en consecuencia, a este la resolución de los recursos de reposición que puedan interponerse, salvo que en el presente decreto de delegación expresamente se confiera la resolución de los recursos de reposición contra los actos dictados por el órgano delegado.

Octavo.—Dejar sin efecto el decreto 140/2022, de 17 de enero.

Noveno.—Este decreto tendrá efecto a partir del día siguiente a su firma.

Décimo.—Dar cuenta del presente decreto a la Junta de Gobierno Local y al Pleno en la siguiente sesión que celebren.

Undécimo.—Notificar personalmente la presente resolución a los/as designados/as, a efectos de su aceptación, considerándose aceptada tácitamente las delegaciones si en el término de tres días hábiles contados desde la notificación del acuerdo, el/la miembro u órgano destinatario de la delegación no hace manifestación expresa ante el órgano delegante de que no acepta la delegación.

Remitir la presente resolución al BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para su publicación.

Publicar la presente resolución en el tablón de anuncios y en la sede electrónica del Ayuntamiento”.

Valdemoro, a 16 de junio de 2022.—El alcalde-presidente, Sergio Parra Perales.

(03/12.715/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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