Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 151

Fecha del Boletín 
27-06-2022

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220627-109

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE TORREJÓN DE VELASCO

RÉGIMEN ECONÓMICO

109
Torrejón de Velasco. Régimen económico. Ordenanza fiscal bienes inmuebles

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 15.1 y 2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 17.1 del mismo, el Pleno del Ayuntamiento de Torrejón de Velasco, en sesión extraordinaria celebrada el 10 de junio de 2022, acordó:

Primero.—Aprobar provisionalmente la modificación de la ordenanza fiscal número 3 reguladora del impuesto sobre bienes inmuebles, en los siguientes términos:

— Establecimiento de bonificación en el IBI urbana, por instalación de sistemas de aprovechamiento término o eléctrico de la energía proveniente del sol para autoconsumo, en bienes inmuebles urbanos de carácter residencial.

— Actualización de la ordenanza respecto de los plazos del sistema especial de pagos al estar ya contemplada su regulación en la ordenanza fiscal general de recaudación e inspección tributaria (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 256, día 28 de octubre de 2019, páginas 173 y siguientes).

Segundo.—Dar al expediente la tramitación y publicidad preceptiva, mediante exposición del mismo en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, por plazo de treinta días hábiles, dentro de los cuales, los interesados podrán examinarlo y plantear las reclamaciones que estimen oportunas.

Tercero.—Considerar, en el supuesto de que no se presentasen reclamaciones al expediente, en el plazo anteriormente indicado, que el acuerdo es definitivo, en base al artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

Cuarto.—Facultar al órgano competente de este Ayuntamiento para suscribir los documentos relacionados con este asunto”.

Y, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.

Si, transcurrido dicho plazo, no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.

En Torrejón de Velasco, a 14 de junio de 2022.—El alalde-presidente, Esteban Bravo Fernández.

(03/12.493/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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