Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 148

Fecha del Boletín 
23-06-2022

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220623-99

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 7

99
Madrid número 7. Ejecución 76/2021

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don José Moreiras Chaves, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 7 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 76/2021 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Alexandra Gil Martínez, frente a Alimentación y Hostelería Madrid, S. A., y Fondo de Garantía Salarial, sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado la siguiente resolución:

Auto

En Madrid, a 14 de junio de 2022.

Parte dispositiva:

Se acuerda subsanar el defecto advertido en auto de 20 de abril de 2021, consistente en referir a la cantidad 6.3054,32 euros, correspondiente a la indemnización fijada, en los siguientes términos:

Donde dice: Se declara extinguida la relación laboral que unía a doña Alexandra Gil Martínez con la empresa Alimentación y Hostelería Madrid, S. A., condenando a esta a que abone a aquella la cantidad de 6.3054,32 euros, en concepto de indemnización, no procediendo a abonar salarios de tramitación al estar prestando servicios para otra mercantil la demandante desde el día siguiente al despido.

Debe decir: Se declara extinguida la relación laboral que unía a doña Alexandra Gil Martínez con la empresa Alimentación y Hostelería Madrid, S. A., condenando a esta a que abone a aquella la cantidad de 6.354,32 euros, en concepto de indemnización, no procediendo a abonar salarios de tramitación al estar prestando servicios para otra mercantil la demandante desde el día siguiente al despido.

Incorpórese esta resolución al libro de autos y llévese testimonio a los autos.

Así, por este su auto, lo acuerda, manda y firma.—La ilustrísima señora magistrada-juez, doña Isabel Sánchez Peña.—El magistrado-juez.

Contra esta resolución no cabe interponer recurso alguno, sin perjuicio de los recursos que procedan, en su caso, contra la resolución a la que se refiere la aclaración, cuyos plazos comenzarán a computarse el día siguiente a la notificación de este auto.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Alimentación y Hostelería Madrid, S. A., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a 14 de junio de 2022.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(03/12.427/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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