Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 148

Fecha del Boletín 
23-06-2022

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220623-62

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE GUADARRAMA

RÉGIMEN ECONÓMICO

62
Guadarrama. Régimen económico. Matrícula actividades económicas

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 del Real Decreto 243/1995, de 17 de febrero, por el que se dictan normas para la gestión del impuesto sobre actividades económicas y se regula la delegación de competencias en materia de gestión censal de dicho impuesto, la matrícula provisional del impuesto sobre actividades económicas correspondiente al año 2022 de este municipio estará a disposición del público en las oficinas de Gestión Tributaria-Rentas de este Ayuntamiento (Plaza Mayor, número 1), durante el plazo de quince días a partir de la publicación de este anuncio en horario de atención al público (lunes a viernes, de 9:00 a 14:00).

Contra la citada matrícula se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante la Agencia Estatal de la Administración Tributaria o reclamación económico-administrativa ante el Tribunal Económico Administrativo Regional, en el plazo de un mes. Dichos plazos comenzarán a contarse desde el día inmediato siguiente al término del período de exposición pública de la matrícula.

La interposición del recurso de reposición o reclamación económico-administrativa contra los actos citados no originará la suspensión de los actos liquidatorios subsiguientes, salvo que así lo acuerde expresamente el órgano administrativo o el tribunal económico- administrativo competente, de conformidad con el artículo 117 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

En Guadarrama, a 9 de junio de 2022.—El alcalde, Diosdado Soto Pérez.

(01/12.259/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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