Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 145

Fecha del Boletín 
20-06-2022

Sección 1.3.28.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220620-12

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA

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EXTRACTO de la Orden 1412/2022, de 2 de junio, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, por la que se procede a la convocatoria de ayudas para el fomento de la agricultura compatible con la conservación de las aves esteparias de la Red Natura 2000 para el programa agroambiental 2023-2027, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y la Administración General del Estado.

BDNS: 632517

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la BDNS ( https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias ).

Primero

Beneficiarios

Las personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes o sociedades civiles que presenten una solicitud de ayuda o de participación en el régimen de ayudas de la operación, estén dispuestas a contraer de forma expresa y por el período establecido los compromisos de la orden y cumplan los requisitos que se establecen en la disposición sexta.

Segundo

Objeto

El objeto es la convocatoria de ayudas para el fomento de la agricultura compatible con la conservación de las aves esteparias de la Red Natura 2000 para el programa agroambiental 2023-2027 y la regulación de las solicitudes de participación en dicho programa.

La finalidad principal de estas ayudas es compatibilizar la conservación de las poblaciones de diversas especies de aves esteparias amenazadas con la explotación agrícola en aquellas ZEPA de la Comunidad de Madrid que acogen poblaciones significativas de estas aves.

Los compromisos de tipo agroambiental subvencionables, en el marco de este tipo de operación, serán los siguientes:

Compromiso 1: mejora y mantenimiento del barbecho tradicional.

Compromiso 2: barbecho semillado con leguminosas.

Compromiso 3: retirada de tierras de la producción.

Compromiso 4: cultivo de girasol.

Compromiso 5: retraso en la recogida de cereal.

Tercero

Bases reguladoras

La presente convocatoria se rige por la Orden 4547/2020, de 15 de diciembre (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 315, de 28 de diciembre de 2020), de la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las ayudas para el fomento de la agricultura compatible con la conservación de las aves esteparias de la Red Natura 2000, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y la Administración General del Estado.

Cuarto

Cuantía y financiación de las ayudas

Los agricultores que decidan acogerse a esta operación recibirán primas compensatorias, según las cantidades especificadas en la siguiente tabla:

Estas ayudas se convocan con un presupuesto total de carácter plurianual de 593.000 euros, distribuido en cinco anualidades (2023-2027) de 138.600 euros cada una.

La financiación se realizará con cargo al programa presupuestario 456A, subconcepto 77306, “Actuaciones agrícolas”, de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid. Las ayudas serán cofinanciadas en un 75 por 100 por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), en un 17,5 por 100 por la Comunidad de Madrid y en el 7,5 por 100 restante por la Administración General del Estado.

Quinto

Plazo de presentación de solicitudes

Treinta días hábiles, contados a partir de la publicación de este extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 2 de junio de 2022.

La Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, PALOMA MARTÍN MARTÍN

(03/12.314/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.28.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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