Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 142

Fecha del Boletín 
16-06-2022

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220616-82

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE BOADILLA DEL MONTE

PERSONAL

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Boadilla del Monte. Personal. Relación puestos trabajo

De conformidad con lo establecido en el artículo 74 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y en el artículo 127 del texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, se hace pública, mediante su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, la siguiente modificación de la relación de puestos de trabajo del Ayuntamiento de Boadilla del Monte, aprobada por el Pleno de la Corporación en sesión ordinaria celebrada el 20 de mayo de 2022:

«Primero.—Aprobar expresa y formalmente el “VI Acuerdo para la mejora del empleo público en el Ayuntamiento de Boadilla del Monte” de la Mesa General de Negociación y, en consecuencia, resolver las alegaciones presentadas a la Valoración de Puestos de Trabajo dentro del trámite de audiencia iniciado por Acuerdo Plenario de 20 de diciembre de 2019 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 28, de 3 de febrero de 2020), en los términos de lo dispuesto en el Anexo I del presente acuerdo, que serán notificadas individualmente a cada uno de los interesados.

Segundo.—Modificar la relación de puestos de trabajo en cuanto al contenido, funciones numeración de puestos, complemento de destino, complemento específico o sueldo, en los términos de lo dispuesto en la Valoración de Puestos de Trabajo aprobada en el “VI Acuerdo para la mejora del empleo público en el Ayuntamiento de Boadilla del Monte”, que figura en el expediente administrativo y que deberá ser diligenciado de su aprobación por la Secretaría Municipal.

Tercero.—Aprobar a tal efecto, para el ejercicio 2022, el gasto de la primera y segunda fase de ejecución por importe de 136.784,80 euros y 75.213,33 euros, con cargo a las partidas presupuestaras correspondientes del capítulo I de gastos de personal, a las que se transferirá el crédito desde el Fondo de Contingencia del capítulo V.

Cuarto.—Los efectos económicos de la modificación de la Relación de Puestos de Trabajo entrarán en vigor, conforme a las fases establecidas en el “VI Acuerdo para la mejora del empleo público en el Ayuntamiento de Boadilla del Monte”, siendo los siguientes:

— Primera fase: 1 de junio de 2022.

— Segunda fase: 1 de julio de 2022.

— Tercera fase: 1 de enero de 2023.

— Cuarta fase: 1 de julio de 2023.

— Quinta fase: 1 de enero de 2024.

— Sexta fase: 1 de julio de 2024.

— Séptima fase: 1 de enero de 2025.

— Octava fase: 1 de julio de 2025.

Los créditos necesarios para atender estos compromisos se incorporarán en el presupuesto correspondiente al ejercicio de aplicación, con los límites y alcance expuestos en la fundamentación jurídica del presente acuerdo.

Quinto.—Remitir copia certificada del presente acuerdo al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas y a la Dirección General de Administración Local de la Comunidad de Madrid.

Sexto.—Disponer la publicación del presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID».

De conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPACAP), y 8, 10 y 46 y demás concordantes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse con carácter potestativo recurso de reposición, ante el Pleno del Ayuntamiento, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de publicación del presente anuncio, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, ambos plazos contados a partir del día siguiente al de publicación del presente anuncio, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente interponer. No obstante, en el supuesto de que se haya interpuesto el recurso potestativo de reposición, no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo. Podrá, asimismo, interponer cualquier otro recurso que se estime pertinente, sin perjuicio, en su caso, de la procedencia del recurso extraordinario de revisión a que se refieren los artículos 125 y 126 de la Ley 39/2015 (LPACAP).

Boadilla del Monte, a 1 de junio de 2022.—El segundo teniente de alcalde, delegado de Presidencia, Relaciones Institucionales, Patrimonio, Comunicación, Coordinación, Personal, Régimen Interior y Compras, Jesús Egea Pascual.

(03/11.642/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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