Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 140

Fecha del Boletín 
14-06-2022

Sección 1.4.108.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220614-25

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE SANIDAD

25
ADENDA de 27 de mayo de 2022, de prórroga del convenio entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, y la Federación de Asociaciones de Personas con Discapacidad Física y Orgánica de la Comunidad de Madrid (FAMMA-Cocemfe Madrid) para mejorar la atención en el ámbito sanitario a las personas con discapacidad física y orgánica y promover la prevención de la discapacidad.

REUNIDOS

De una parte, D. Enrique Ruiz Escudero, Consejero de Sanidad de la Comunidad de Madrid, nombrado mediante Decreto 49/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, en el ejercicio de sus competencias, en representación de la Consejería de Sanidad, según lo dispuesto en el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y en el 4.3.a) de la Ley 8/1999, de 9 de abril, de adecuación de la Normativa de la Comunidad de Madrid a la Ley Estatal 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Y, de otra parte, D. Javier Font García, actuando en calidad de presidente, en nombre y representación de la Federación de Asociaciones de Personas con Discapacidad Física y Orgánica de la Comunidad de Madrid (en adelante, FAMMA-Cocemfe Madrid), con NIF G-78875408, domiciliada en Madrid, en la calle Galileo, número 69, bajo derecha, código postal 28015, declarada de Utilidad Pública por el Ministerio del Interior, según Orden INT/1862/2006 de 22 de mayo, con el número UP/514167UD, e inscrita en el Registro de Asociaciones de la Comunidad de Madrid con el número 170/2.a, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 30 de sus estatutos.

Las partes se reconocen recíprocamente la representación que ostentan y plena capacidad jurídica para el otorgamiento del presente documento y al efecto,

MANIFIESTAN

Primero

Que la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad y FAMMA-Cocemfe Madrid suscribieron un convenio el 13 de julio de 2018 para promover la prevención de la discapacidad física y orgánica y formar, informar y orientar a los profesionales de la Consejería de Sanidad en los aspectos clave relacionados con la discapacidad.

Segundo

Que el Decreto 1/2022, de 19 de enero, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad, dispone en el apartado h) del artículo 4 como competencias de la Dirección General de Humanización y Atención al Paciente la promoción, desarrollo y despliegue de aquellas actuaciones institucionales que garanticen la humanización de la asistencia sanitaria a través de la personalización de la atención en los diferentes niveles y a lo largo de todo el proceso asistencial.

Asimismo, el apartado j) de dicho artículo se refiere a la promoción de la participación de los pacientes como eje fundamental del sistema sanitario, a través de la relación, en materia sanitaria, con las asociaciones de pacientes.

Tercero

Que FAMMA-Cocemfe Madrid es una entidad sin ánimo de lucro cuyos fines estatuarios son, entre otros, la promoción y defensa de las condiciones de vida de las personas con discapacidad física y orgánica para conseguir su plena inclusión social, así como la protección y defensa de la salud y la integridad física de las personas con discapacidad y de su asistencia efectiva.

Cuarto

Que es una prioridad de la Consejería de Sanidad facilitar un sistema sanitario cercano que sin disminuir su calidad científico-técnica destaque la importancia de la dimensión humana en la atención sanitaria y la personalización de la asistencia.

Quinto

Que se produce una confluencia en sus objetivos, por lo que las partes consideran de interés el mantenimiento de esta colaboración para promover la prevención de la discapacidad física y orgánica y formar, informar y orientar a los profesionales de la Consejería de Sanidad en los aspectos clave relacionados con la discapacidad.

Sexto

Que la cláusula novena del convenio prevé una vigencia inicial de cuatro años desde el día de la perfección con el consentimiento de las partes, entendiendo por tal el día en que el convenio fue suscrito por el último de sus firmantes, pudiéndose prorrogar por períodos bienales hasta un máximo de cuatro años adicionales, mediante acuerdo escrito, salvo que medie denuncia expresa de una de las partes, formulada con una antelación mínima de dos meses a la terminación de la vigencia del convenio o de sus prórrogas.

Séptimo

Que la vigencia del convenio finaliza el 12 de julio de 2022 y no se ha producido denuncia expresa por ninguna de las partes. Por el contrario, éstas desean mantener la colaboración para dar continuidad al objeto del convenio.

Con base en las anteriores manifestaciones las partes acuerdan suscribir esta adenda de prórroga con la siguiente

CLÁUSULA

Única

Prórroga del convenio

Conforme a lo dispuesto en la cláusula novena del convenio y a fin de continuar las actividades reflejadas en el mismo, las partes acuerdan su prórroga para el período comprendido entre el 13 de julio de 2022 y el 12 de julio de 2024, ambas fechas incluidas.

Con independencia del período de prórroga indicado, se entenderá que el día de perfección de este acuerdo es aquel en el que se encuentre firmado por todas las partes intervinientes.

Y en prueba de conformidad, se firma el presente documento.

Madrid, a 27 de mayo de 2022.—Por la Comunidad de Madrid, el Consejero de Sanidad, Enrique Ruiz Escudero—Por FAMMA-Cocemfe Madrid, el presidente, Javier Font García.

(03/11.180/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.108.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220614-25