Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 139

Fecha del Boletín 
13-06-2022

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220613-54

Páginas: 3


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE POZUELO DE ALARCÓN

RÉGIMEN ECONÓMICO

Patronato Municipal de Cultura

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Pozuelo de Alarcón. Régimen económico. Patronato Municipal de Cultura. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto de la Resolución de 27 de mayo de 2022, de la Vicepresidenta del Patronato Municipal de Cultura de Pozuelo de Alarcón, por la que se convocan Becas de Estudio de la Escuela Municipal de Música y Danza para el curso 2022-2023.

Código asignado por la BDNS: 631545

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/631545 ):

Primero. Beneficiarios.—Podrán acogerse a las ayudas previstas en las presentes bases aquellos alumnos en los que concurran los siguientes requisitos:

Generales:

a) No tener deudas ningún miembro de la unidad familiar con el Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón.

b) No tener recibos pendientes de pago en la Escuela Municipal de Música y Danza.

c) Tener residencia legal en España y estar empadronado en el municipio de Pozuelo de Alarcón.

d) Estar matriculado en la Escuela Municipal de Música y Danza.

e) No haber sido amonestado por el incumplimiento del Reglamento de la Prestación del Servicio de la Escuela Municipal de Música y Danza (EMMD) del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón durante el curso anterior.

Académicos:

f) Tener aprobadas todas las asignaturas en las que se hubiese matriculado en el curso anterior a la solicitud. En el caso de nuevos alumnos, no se tendrá en cuenta este requisito.

Las ayudas podrán ser revocadas al final de cada trimestre por el Consejo Rector a propuesta de la Vicepresidencia del Patronato Municipal de Cultura, respecto de las asignaturas subvencionadas. La revocación requerirá previo informe de la Dirección de la Escuela municipal de Música y Danza, referido al aprovechamiento musical o/y danza del alumno y audiencia al mismo.

Económicos:

g) Podrán acceder a las becas aquellas familias cuya renta “per cápita” se ajuste al baremo que anualmente se determine en la convocatoria pudiéndose establecer tramos porcentuales en función de niveles de renta.

Para obtener la renta “per cápita” anual, se sumarán los ingresos de todos los miembros de la familia y el resultado se dividirá por el número de miembros de la unidad familiar. En caso de existir más solicitudes que cumplan los requisitos antes mencionados que la cantidad destinada a las becas en los presupuestos se seleccionarán tantos solicitantes como sea posible, comenzando por los ingresos de menor cuantía. Si fuera necesario establecer un criterio adicional de asignación se tendrá en cuenta la fecha y hora de entrada de la solicitud en el registro.

Se considerará que conforma la unidad familiar:

— Los padres no separados legalmente y relacionados por cualquiera de las uniones reconocidas legalmente y en su caso el tutor o persona encargada de la guarda y protección del menor.

— Los hijos menores de edad, con excepción de los emancipados.

— Los hijos mayores de edad con discapacidad psíquica o sensorial o incapacitados judicialmente, sujetos a la patria potestad prorrogada o rehabilitada.

— Los hijos mayores de edad que vivan en el mismo domicilio familiar y no tengan ingresos.

Cuando no exista vínculo matrimonial o unión reconocida legalmente y sin perjuicio de lo previsto en el párrafo siguiente, la unidad familiar se entenderá constituida por el padre, la madre y todos los hijos que convivan con ellos y que reúnan los requisitos del apartado anterior.

En caso de fallecimiento de alguno de los progenitores que conviviesen con él se acreditará con el certificado de defunción.

En caso de separación o divorcio, no se considerará miembro computable aquél de ellos que no conviva con el solicitante de la beca. No obstante, en su caso, tendrá la consideración de miembro computable, el nuevo cónyuge o persona unida por análoga relación cuyas rentas se incluirán dentro del cómputo de la renta familiar.

La separación o divorcio se acreditará de la siguiente manera:

— En la separación de hecho, se deberá presentar documento notarial, justificante de interposición de demanda de separación u otros documentos que avalen dicha situación.

— Si la separación fuera legal o divorcio, deberá presentarse la sentencia judicial que determine la misma o convenio regulador donde conste la custodia del menor.

Por renta familiar, se entenderá la suma de los ingresos obtenidos por todos los miembros computables cualquiera que sea su procedencia en el año anterior.

A efectos del cálculo de la renta “per cápita” computará por dos todo miembro de la unidad familiar con una discapacidad acreditada igual o superior al 33 por 100 en los términos definidos en el artículo 1.2 de la Ley 51/2003, del 2 de diciembre, de Igualdad de Oportunidades.

Segundo. Objeto.—Tiene por finalidad hacer realidad el principio de igualdad, a través de un sistema de ayudas económicas destinadas a aquellos estudiantes de la Escuela Municipal de Música y Danza más desfavorecidos económicamente.

Tercero. Bases reguladoras.—Bases de las Becas de Estudio de la Escuela Municipal de Música y Danza (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 162 de 10 de julio de 2013).

Cuarto. Cuantía.—En el Presupuesto de Gastos del Patronato Municipal de Cultura para el ejercicio 2022, en el programa 3302 Servicios Generales, figura la aplicación presupuestaria 05 3302 48100 “Premios, becas y pensiones estudios”, con una consignación de 18.000,00 euros para atender las obligaciones económicas derivadas de la mencionada convocatoria en régimen de concurrencia competitiva. Con cargo a esta aplicación presupuestaria se practica la correspondiente retención de crédito para aprobar el gasto de la convocatoria de Becas de Estudio para el curso 2022-2023, que desglosado en la parte correspondiente al ejercicio 2022 asciende a 7.000 euros (Op. 220220000696) y en la parte correspondiente al ejercicio 2023 asciende a 11.000 euros (Op. 220229000025).

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—Del 6 al 23 de septiembre, ambos inclusive.

Sexto. Baremo para poder acceder a las becas en función de la renta per cápita.—Podrán acceder a las becas aquellas familias cuya renta “per cápita” se ajuste al siguiente baremo:

Séptimo. Otros datos.—Los solicitantes deberán aportar, entre otros documentos, una solicitud disponible en la página web municipal ( www.pozuelodealarcon.org ).

Con la solicitud se adjuntará la siguiente documentación:

— Fotocopia de la hoja del Libro de Familia o documento acreditativo de la convivencia expedido por la Comunidad de Madrid, en donde figure el solicitante y el beneficiario. En el caso de uniones de hecho, documento acreditativo de la inscripción en el registro de uniones de hecho.

— Fotocopia del DNI, del solicitante o de los padres no separados legalmente y unidos por cualquiera de las uniones reconocidas legalmente y en su caso el tutor o persona encargada de la guarda y protección del menor.

— Declaración de la Renta del año inmediatamente anterior de todos los miembros de la unidad familiar. De no estar obligado a presentar la declaración del IRPF, fotocopia de la notificación-liquidación emitida por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT) para los que presentaron la solicitud de devolución y certificado acreditativo del nivel de rentas del correspondiente ejercicio expedido por la AEAT. De no solicitar dicha devolución, deberán presentar declaración responsable de todos los ingresos obtenidos y certificado acreditativo del nivel de rentas del correspondiente ejercicio expedido por la AEAT así como documentación acreditativa de los ingresos familiares como certificación de retribuciones y retenciones de las empresas en las que haya trabajado en ese ejercicio, certificación sobre pensiones o subsidios y certificados de las entidades bancarias. En el supuesto de emigrantes, la justificación de los ingresos familiares se efectuará mediante copia de la declaración del IRPF presentada en España o de la equivalente presentada en el país donde obtengan rentas autentificada por la embajada correspondiente o delegación consular en España. En el supuesto de encontrarse en situación de desempleo, deberán presentar certificado de Subsidio de Desempleo.

Toda la documentación que se presente en la Administración de la Escuela Municipal de Música y Danza se presentará en original y fotocopia para realizar su compulsa.

Pozuelo de Alarcón, a 27 de mayo de 2022.—La vicepresidenta del Patronato Municipal de Cultura, P. D. (Decreto de la presidenta, de 19 de junio de 2019; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 10 de julio de 2019), Victoria Wharrier Palacios.

(03/11.716/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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