Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 137

Fecha del Boletín 
10-06-2022

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220610-66

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCORCÓN

RÉGIMEN ECONÓMICO

66
Alcorcón. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto del Acuerdo número 5/231, de 31 de mayo de 2022, de la Junta de Gobierno Local, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones de ayudas municipales de apoyo a la Educación del Ayuntamiento de Alcorcón. EVAU 2022, destinas a familias empadronadas en Alcorcón cuyos hijos/as estén escolarizados en cualquier centro público de Educación Secundaria cursando estudios de Bachillerato o Ciclo Formativo de Grado Superior de Alcorcón y que durante el presente curso 2021-2022 se matriculen en la prueba de acceso a la universidad (EVAU).

BDNS (Identif.): 631181

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index ):

Primero. Beneficiarios.—Podrán acceder a la condición de beneficiarios de las subvenciones el progenitor/tutor del menor, solicitante de la ayuda, cuya unidad familiar reúna los requisitos que se mencionan en las bases de convocatoria. Y cuyos hijos/as realicen la prueba de acceso a la universidad (EVAU) en el curso 2021-2022, en la convocatoria ordinario o extraordinaria.

Se entiende por unidad familiar la formada por más de una persona cuyos miembros, además de convivir en el mismo domicilio, estén unidos por relación conyugal o análoga, adoptiva o de consanguineidad hasta el segundo grado y afinidad en primer grado.

Los solicitantes deberán reunir los siguientes requisitos:

1. Estar empadronados, tanto progenitores, como los hijos/as que aparecen en la solicitud, en el municipio de Alcorcón y continuar empadronados/as en el municipio hasta la finalización del proceso.

2. Los alumnos/as deberán de estar matriculados en cualquier Instituto Público de Enseñanza Secundaria de Alcorcón y cursar el segundo curso de Bachillerato o el segundo curso del Ciclo Formativo de Grado Superior.

3. Se deberá de aportar original del pago de las tasas de matrícula en la prueba EVAU con indicación del centro educativo de referencia.

4. Aportar la documentación exigida en las presentes bases, o autorizar la consulta de aquellos datos a los que pueden tener acceso el técnico municipal, por medios electrónicos en la Plataforma de Intermediación de datos del Ministerio de Hacienda.

5. Todos los miembros de la unidad familiar computables a efectos de renta, deben de esta al corriente de pago de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Alcorcón hasta la resolución definitiva de la convocatoria, considerando a estos efectos cualquier deuda derivada de ingresos de derecho público, salvo que se trate de deudas o sanciones que se encuentren aplazadas, fraccionadas o cuya ejecución estuviese suspendida.

El nivel de renta de la unidad familiar correspondiente al año fiscal vigente en el último día de presentación de solicitudes no podrá superar los umbrales establecidos en la presente convocatoria.

La baremación económica y los criterios de valoración seguirán los siguientes criterios:

1. Para el cálculo de la renta, se consideran miembros computables de la unidad familiar el solicitante y todas aquellas personas que aparezcan empadronadas en el domicilio familiar a los que les una un vínculo de afinidad o consanguineidad de hasta el segundo grado, con el solicitante.

2. Para establecer la Renta per Cápita de la unidad familiar se considerará como ingresos la cantidad informada por la A.E.A.T., como nivel de renta para becas del Ejercicio 2021, de todos los miembros de la unidad familiar mayores de edad, dividido entre el número de miembros de la unidad familiar.

3. Se computarán el 100 por 100 de los ingresos del solicitante y el 50 por 100 de todos los miembros de la unidad familiar que aparezcan empadronados en la misma.

4. En caso de no haber presentado declaración de IRPF por no estar obligado a ello, se tomará como base de cálculo el importe íntegro de los ingresos relativos al año fiscal en vigor.

5. El indicador resultante se comparará con los tramos de renta establecidos a continuación, asignando la puntuación que en cada caso corresponda.

6. Se asignarán las siguientes puntuaciones a cada una de las circunstancias personales y/o familiares de la unidad familiar:

Segundo. Objeto.—El objeto de la presente convocatoria es la concesión de ayudas económicas para ayudar a las familiar de Alcorcón a mantener el derecho fundamental de su hijos/as a la educación y acceder al mismo en condiciones de igualdad de oportunidades, sobre todo en los momentos actuales de crisis económica derivada de la pandemia.

El procedimiento para la concesión de éstas será en régimen de concurrencia competitiva.

La finalidad de esta subvención es ayudar a las familias del municipio que reúnan los requisitos establecidos en las bases, haciendo frente a los gastos derivados de las pruebas de acceso a la universidad correspondiendo ésta a 93,02 euros como máximo por estudiante, o en su caso la cantidad que se determine en su forma obligatoria.

Tercero. Convocatoria.—La presente Convocatoria de subvenciones de ayudas municipales de apoyo a la educación del Ayuntamiento de Alcorcón, EVAU 2022. Se ha aprobado por la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Alcorcón en sesión celebrada el día 31 de mayo de 2022. El texto completo de la Convocatoria puede consultarse en el tablón de anuncios del Ayuntamiento ubicado en el edificio municipal sito en la Plaza Reyes de España, s/n y en la Página web municipal ( www.ayto-alcorcon.es ).

Cuarto. Cuantía.—El Ayuntamiento de Alcorcón destinará la cantidad de 100.000 euros, mediante convocatoria de subvenciones, con cargo al presupuesto del ejercicio 2022 y a la partida presupuestaria 31.320.00.480.02 correspondiente a la Concejalía de Educación e Infancia.

Cada beneficiario recibirá la cantidad de 93,02 euros, o la cantidad abonada como parte obligatoria, no excediendo en todo caso de 93,02 euros, hasta que se agote la cantidad destinada a ese fin, sin perjuicio de que el Ayuntamiento pueda ampliar el importe presupuestario, en aras de poder otorgar ayudas a la mayor cantidad de ciudadano/as.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—Una vez publicado el anuncio de esta convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID el plazo de presentación de las solicitudes será de 1 mes desde el día siguiente a la realización del último examen de la convocatoria extraordinaria de la EVAU o en caso de que la publicación sea posterior, el plazo de la solicitud será de 1 mes desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria, adjuntando toda la documentación requerida.

En Alcorcón, a 3 de junio de 2022.—El director general de Deportes, Educación e Infancia, P. S. (Decreto de Alcaldía-Presidencia de 10 de marzo de 2022), Luis Julián Vicente Cuenca.

(03/11.567/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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