Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 127

Fecha del Boletín 
30-05-2022

Sección 1.3.29.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220530-14

Páginas: 45


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO

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ORDEN de 25 de mayo de 2022, del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones gestionadas por la Dirección General del Servicio Público de Empleo de la Comunidad de Madrid para el año 2022.

En virtud del artículo 149.1.7 de la Constitución Española y el artículo 28.1.12 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, aprobado mediante Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, corresponde a la Comunidad la competencia de la gestión de las políticas activas de empleo, dentro de los objetivos marcados por la política de empleo en la Estrategia Española de Apoyo Activo al Empleo 2021-2024, aprobada por el Real Decreto 1069/2021, de 4 de diciembre.

El Real Decreto Legislativo 3/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Empleo, define en su artículo primero la política de empleo como el conjunto de decisiones adoptadas por el Estado y las Comunidades Autónomas que tienen por finalidad el desarrollo de programas y medidas tendentes a la consecución del pleno empleo, así como la calidad en el empleo, a la adecuación cuantitativa y cualitativa de la oferta y demanda de empleo, a la reducción y a la debida protección en las situaciones de desempleo.

El artículo 2.d) del texto refundido de la Ley de Empleo, establece entre los objetivos de la política de empleo, la realización de políticas adecuadas de integración laboral dirigidas a aquellos colectivos que presenten mayores dificultades de inserción laboral, especialmente para los jóvenes, mujeres, personas con discapacidad y parados de larga duración, mayores de 45 años.

En este marco de actuación, la Comunidad de Madrid, en colaboración con los agentes sociales, elaboró la Estrategia de Madrid por el Empleo (E. M. P. E.), donde se analizaban las especificidades del mercado de trabajo madrileño y se acordaba la realización de las medidas para el fomento del empleo que debían desarrollarse durante los ejercicios presupuestarios 2016 y 2017, habiendo sido prorrogada para los años 2018-2019 y hasta la finalización del primer trimestre de 2020. Posteriormente, como consecuencia de la irrupción de la pandemia, se confeccionó el Plan Horizonte 2021 para dirigir las políticas de empleo en el interregno entre la pérdida de vigencia de la anterior Estrategia y la aprobación de la siguiente y, continuando con ese objetivo, el 3 de marzo de 2021 el Consejo de Gobierno aprobó la nueva “Estrategia Madrid por el Empleo 2021-2023” que es la hoja de ruta de la Comunidad de Madrid para los próximos años en materia de empleo, en la que se prevé la mayor parte de la realización de las medidas contenidas en el plan.

Por otro lado, tras la declaración por la Organización Mundial de la Salud de la pandemia provocada por la COVID-19, el 11 de marzo de 2020, los Estados miembros de la Unión Europea (UE) adoptaron con rapidez medidas coordinadas de emergencia para proteger la salud de la ciudadanía y evitar el colapso de la economía.

El Consejo Europeo del 21 de julio de 2020, acordó un paquete de medidas de gran alcance, que suponen la puesta en marcha de un Instrumento Europeo de Recuperación (“Next Generation EU”), cuyo elemento central es el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, establecido por el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.

La instrumentación de la ejecución de los recursos financieros del Fondo Europeo de Recuperación se realizará a través del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, aprobado por Acuerdo del Consejo de Ministros de 27 de abril de 2021, y de conformidad con lo establecido por la Decisión de Ejecución del Consejo relativa a la aprobación de la evaluación del plan de recuperación y resiliencia de España (Council Implementing Decision-CID), de 13 de julio de 2021.

En el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, la Comunidad de Madrid a través de la Dirección General del Servicio Público de Empleo ha puesto en marcha cuatro programas de ayudas que forman parte de este Plan Estratégico de Subvenciones.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como de lo establecido en el artículo 4 bis de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid en relación con el apartado 2 del artículo 11 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones, y dada la importancia que reviste el conjunto de programas que la Dirección General del Servicio Público de Empleo gestiona, y el volumen de ayudas que contiene, procede aprobar, un nuevo Plan Estratégico Especial de Subvenciones para el año 2022, que dé continuidad a los anteriores, corrigiendo aquellos aspectos que se han revelado susceptibles de mejora.

Debido a que la planificación de las políticas activas de empleo, puede sufrir variaciones en función del Plan Anual de Políticas de Empleo que se aprueba anualmente en el ámbito del Sistema Nacional de Empleo por el Consejo de Ministros, la vigencia de este Plan Estratégico de Subvenciones se limita a un año.

Finalmente destacar que todos los programas incluidos en el plan estratégico contribuyen al logro de distintos objetivos de desarrollo sostenibles aprobados para la Agenda 2030 de las Naciones Unidas.

En su virtud, a propuesta de la Dirección General de Servicio Público de Empleo de la Comunidad de Madrid, de conformidad con lo previsto en los artículos 4 bis y 7 de la Ley 2/1995 de 8 de marzo de Subvenciones de la Comunidad de Madrid y en el artículo 50.3 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid,

RESUELVO

Único

Aprobar el Plan Estratégico de Subvenciones gestionadas por la Dirección General del Servicio Público de Empleo de la Comunidad de Madrid para 2022, cuyo contenido se recoge en el Anexo a la presente Orden.

Madrid, a 25 de mayo de 2022.—El Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, P. D. (Orden 3 de diciembre de 2021; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 21 de diciembre), el Viceconsejero de Empleo, Alfredo Timermans del Olmo.





















































































(03/10.918/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.29.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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