Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 125

Fecha del Boletín 
27-05-2022

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220527-74

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE TORREJÓN DE ARDOZ

RÉGIMEN ECONÓMICO

74
Torrejón de Ardoz. Régimen económico. Modificación presupuestaria

Por el Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 25 de mayo de 2022, se aprobó expediente de modificación de créditos número 21/2022 por un importe total de 2.066.365,50 euros, de los cuales 1.466.365,50 euros corresponde a la modalidad de Suplemento de créditos Y 600.000,00 euros corresponde a la modalidad de crédito extraordinario, ambas modalidades financiadas con cargo al Remanente de Tesorería para Gastos Generales correspondiente a la liquidación del presupuesto del ejercicio 2021.

Conforme al artículo 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales, en relación con el artículo 169 de la misma Ley, se expone al público por espacio de quince días hábiles, durante los cuales los interesados legitimados conforme al artículo 151 de la Ley 3919/88 pueden presentar reclamaciones a contar desde la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, dentro del cual los interesados podrán examinar los expedientes en la Intervención Municipal y dirigir al Pleno Municipal las reclamaciones que estimen oportunas, conforme a lo dispuesto en el artículo 170 del mencionado texto legal. En el caso de que no se presentaran reclamaciones o alegaciones en el plazo indicado, el acuerdo se elevará automáticamente a definitivo sin más trámite, conforme al artículo 169 del RDL 2/2004.

Torrejón de Ardoz, a 15 de mayo de 2022.—El concejal de Hacienda y Patrimonio, PDDA de 14 de junio de 2021, Marcos López Álvarez.

(03/10.725/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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