Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 122

Fecha del Boletín 
24-05-2022

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220524-66

Páginas: 3


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCOBENDAS

OFERTAS DE EMPLEO

66
Alcobendas. Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo

Mediante Decreto 15462, de 28 de octubre de 2021, se aprueban las bases de la convocatoria para cubrir una plaza Técnico/a Medio de Planificación y Atención Ciudadana (funcionario de carrera, concurso-oposición, promoción interna, OEP 2019) y habiéndose detectado error material derivado de la modificación de la OEP 2019 y 2021, acordado en Mesa General de Negociación y para dar cumplimiento al artículo 59 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y al Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social.

Considerando lo previsto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se procede por Decreto número 7624, del Concejal Delegado de Recursos Humanos, Contratación y Patrimonio, a la modificación de las Bases de una plaza de Técnico/a Medio Planificación y Atención Ciudadana, Grupo A, Subgrupo A2, Escala de Administración Especial, Subescala Técnica por el procedimiento de Concurso-Oposición, en turno Promoción Interna, y en este sentido:

1. En el título de las bases:

Donde dice:

“BASES DE CONVOCATORIA PARA CUBRIR UNA PLAZA TÉCNICO/A MEDIO PLANIFICACIÓN Y ATENCIÓN CIUDADANA POR EL PROCEDIMIENTO DE CONCURSO-OPOSICIÓN EN RÉGIMEN DE PERSONAL FUNCIONARIO DE CARRERA. PROMOCIÓN INTERNA, OEP 2019”

Debe decir:

“BASES DE CONVOCATORIA PARA CUBRIR UNA PLAZA TÉCNICO/A MEDIO PLANIFICACIÓN Y ATENCIÓN CIUDADANA POR EL PROCEDIMIENTO DE CONCURSO-OPOSICIÓN EN RÉGIMEN DE PERSONAL FUNCIONARIO DE CARRERA. PROMOCIÓN INTERNA, CUPO DE DIVERSIDAD FUNCIONAL, OEP 2019”

2. En la base 1.a Normas Generales, apartado “Objeto de la Convocatoria”:

Donde dice:

“Cubrir mediante personal funcionario de carrera una plaza Técnico/a Medio Planificación y Atención Ciudadana, perteneciente a la Oferta de Empleo Público 2019 e incluida en la Plantilla vigente de este Ayuntamiento”.

Debe decir:

“Cubrir mediante personal funcionario de carrera una plaza Técnico/a Medio Planificación y Atención Ciudadana, cupo de diversidad funcional, perteneciente a la Oferta de Empleo Público 2019 e incluida en la Plantilla vigente de este Ayuntamiento.

En caso de no presentarse ninguna solicitud por el cupo de diversidad funcional o en su caso, no superar el proceso selectivo, esta plaza será objeto de nueva convocatoria dentro del turno de Promoción Interna sin el requisito de diversidad funcional”.

3. En la base 1.a Normas Generales, apartado “Sistema Selectivo”:

Donde dice:

“El sistema selectivo, será Concurso-Oposición en turno de Promoción Interna …”.

Debe decir:

“El sistema selectivo, será Concurso-Oposición en turno de Promoción Interna, cupo diversidad funcional…”.

4. En la base 2.a Requisitos de los Aspirantes, se añade el apartado:

“e) Tener legalmente reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100.

En caso de no presentarse ninguna solicitud por el cupo de diversidad funcional o en su caso, no superar el proceso selectivo, dado que esta plaza será objeto de nueva convocatoria dentro del turno de Promoción Interna sin el requisito de diversidad funcional, no será necesario su justificación”.

5. En la base 3.a, apartado “Solicitudes”:

Donde dice:

“REF. N.o: A-73-2021 UNA PLAZA TÉCNICO/A MEDIO PLANIFICACIÓN Y ATENCIÓN CIUDADANA, FUNCIONARIO DE CARRERA, CONCURSO-OPOSICIÓN, PROMOCIÓN INTERNA, OEP 2019”

Debe decir:

“UNA PLAZA TÉCNICO/A MEDIO PLANIFICACIÓN Y ATENCIÓN CIUDADANA, FUNCIONARIO DE CARRERA, CONCURSO-OPOSICIÓN, PROMOCIÓN INTERNA, CUPO DIVERSIDAD FUNCIONAL, OEP 2019”.

6. En la base 3.a, apartado “Lugar de presentación”:

Donde dice:

“…Convocatoria de una plaza de Grupo A Subgrupo A2, Escala de Administración Especial, Subescala Técnica, Promoción Interna”.

Debe decir:

“…Convocatoria de una plaza de Grupo A Subgrupo A2, Escala de Administración Especial, Subescala Técnica, Promoción Interna, cupo diversidad funcional”.

7. En la base 3.a, apartado “Documentos a adjuntar”:

Donde dice:

“En el caso de personas aspirantes con discapacidad legalmente reconocida (con un grado de minusvalía igual o superior al 33 por 100) también deberán aportar el documento que lo acredite, y si precisan de alguna adaptación, deberán solicitar expresamente la misma”.

Debe decir:

“Los aspirantes deberán tener un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100 legalmente reconocida, debiendo necesariamente aportar el documento que lo acredite, salvo que se habilite al Ayuntamiento de Alcobendas para su consulta través de la Plataforma de Intermediación de Datos SCSP en el apartado previsto a tal efecto en la solicitud de admisión y si precisan de alguna adaptación, deberán solicitar expresamente la misma”.

8. En la base 6.a, apartado 6.1 “Fase de Oposición”:

Donde dice:

“Procedimiento: Concurso-Oposición. Turno: Promoción Interna”.

Debe decir:

“Procedimiento: Concurso-Oposición. Turno: Promoción Interna. CUPO: Diversidad Funcional”.

9. En la base 9.a, apartado “Documentos exigibles”, se añade:

“e) Certificado vigente acreditativo del grado de discapacidad expedido por el órgano competente de la Comunidad Autónoma, salvo que se hubiera habilitado al Ayuntamiento de Alcobendas para su consulta a través de la Plataforma de Intermediación de Datos SCSP, en el apartado previsto a tal efecto en la solicitud de admisión.

En caso de no presentarse ninguna solicitud por el cupo de diversidad funcional o en su caso, no superar el proceso selectivo, dado que esta plaza será objeto de nueva convocatoria dentro del turno de Promoción Interna sin el requisito de diversidad funcional, no será necesario su justificación”.

Manteniéndose inalterable el resto del contenido de las bases de la convocatoria para cubrir una plaza de Técnico/a Medio de Planificación y Atención Ciudadana, aprobadas por Decreto 15462, de 28 de octubre.

Alcobendas, a 11 de mayo de 2022.—El alcalde-presidente, Aitor Retolaza Izpizua.

(03/9.675/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220524-66