Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 120

Fecha del Boletín 
21-05-2022

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220521-12

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 3

12
Móstoles número 3. Procedimiento 1200/2020

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D/Dña. María del Mar García Escobar, letrado/a de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo Social n.o 3 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento 1200/2020 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancias de D./Dña. HÉCTOR FABIÁN NÚÑEZ ZAPATA frente a D./Dña. GERARDO ADOLFO ALARIO ANDRÉS y D./Dña. LUCIVANED APONTE MONTOYA sobre Procedimiento Ordinario, se ha dictado la siguiente sentencia estimatoria número 159/2022, de fecha 28/04/2022:

Por aplicación de la Instrucción 6/2012, de la Secretaría General de la Administración de Justicia, se hace saber a los interesados que dicha resolución está a su disposición en la Secretaría del Juzgado y que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que deberá anunciarse ante este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación.

Y para que sirva de notificación en legal forma a D./Dña. LUCIVANED APONTE MONTOYA y D./Dña. GERARDO ADOLFO ALARIO ANDRÉS, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Móstoles, a veintiocho de abril de dos mil veintidós.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/8.764/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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