Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 119

Fecha del Boletín 
20-05-2022

Sección 1.3.34.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220520-34

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE

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ORDEN 657/2022, de 12 de mayo, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se declara el crédito presupuestario disponible para financiar las ayudas de concesión directa del programa de incentivo de la demanda de productos turísticos de la Comunidad de Madrid correspondiente a la anualidad 2022.

Mediante Acuerdo de Consejo de Gobierno, de 1 de septiembre de 2021, se aprobaron las normas reguladoras (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 212 de 6 de septiembre de 2021) y se estableció el procedimiento de concesión directa de ayudas del programa de incentivo de la demanda de productos turísticos de la Comunidad de Madrid, al amparo de lo dispuesto en el artículo 4.5 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid.

Consecuencia de la complejidad del Programa y la demora de su puesta en funcionamiento, unido a la irrupción de la variante Omicron del SARS-CoV-2 en el último trimestre de 2021 se produjo un menor número de solicitudes de bono turístico, además de un elevado número de renuncias de los bonos ya concedidos durante el ejercicio 2021.

Sin embargo, al comienzo de este ejercicio 2022, la demanda de bonos se incrementó considerablemente, y por ello fue necesario declarar crédito para atender las obligaciones de contenido económico de las ayudas de concesión directa del programa de incentivo de la demanda de productos turísticos de la Comunidad de Madrid para 2022. Así, fue dictada la Orden 331/2022, de 23 de marzo, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la se declara el crédito presupuestario disponible para financiar las ayudas del programa de incentivo de la demanda de productos turísticos de la Comunidad de Madrid correspondiente a la anualidad 2022 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 82, de 6 de abril de 2022). El crédito que se declara disponible en dicha Orden ascendió a 1.848.408,86 euros.

Dado que la demanda de bonos turísticos del programa de incentivo se mantiene al alza, deviene necesario disponer de un importe de 461.282,96 euros, para continuar atendiendo las obligaciones de contenido económico de las ayudas de concesión del programa de incentivo de la demanda de productos turísticos de la Comunidad de Madrid para 2022.

De acuerdo con la Ley 2/1995, de 8 de marzo, corresponde al órgano concedente de las ayudas la publicación de la declaración de los créditos presupuestarios disponibles para atender las obligaciones de contenido económico que se deriven de su concesión.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 7.1.a) de La Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, corresponde al titular de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte la concesión de las ayudas directas incluidas en el citado Acuerdo de Consejo de Gobierno.

En consecuencia y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas por las disposiciones vigentes,

DISPONGO

Primero

Declarar disponible el crédito presupuestario de 461.282,96 euros, para atender a las obligaciones de contenido económico de las ayudas de concesión directa del programa de incentivo de la demanda de productos turísticos de la Comunidad de Madrid durante 2022.

Segundo

La presente Orden producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Tercero

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el titular de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, en el plazo de un mes, o directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, computados ambos plazos desde su entrada en vigor conforme al resuelvo cuarto.

En Madrid, a 12 de mayo de 2022.

La Consejera de Cultura, Turismo y Deporte, MARTA RIVERA DE LA CRUZ

(03/10.176/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.34.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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