Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 117

Fecha del Boletín 
18-05-2022

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220518-139

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 29

139
Madrid número 29. Procedimiento 1199/2021

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. ISMAEL PEREZ MARTINEZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social n.o 29 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento 1199/2021 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. MIKOLA KIRNADZ frente a MUNDO CONTROL Y SERVICIOS SL sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución: SENTENCIA NRO.168/2022.

FALLO

Que estimando la demanda origen de las presentes actuaciones, promovida D.a MIKOLA KIRNADZ frente a MUNDO CONTROL Y SERVICIOS S.L, que no comparece, sobre Despido:

Declaro la improcedencia del despido de D.a MIKOLA KIRNADZ y declaro extinguida la relación laboral entre las partes con fecha 13 de abril de 2022, y en consecuencia debo condenar y condeno a MUNDO CONTROL Y SERVICIOS S.L a que abone a la actora la suma de 3.506,77 euros en concepto de indemnización y 7.067,42 euros brutos en concepto de salarios de tramitación. Sin perjuicio de que de dicha cantidad debida (7.067,42 euros brutos) se habrán de descontar los salarios percibidos en caso de prestación de servicios para un tercero, así como los períodos de incapacidad temporal de la trabajadora, las prestaciones percibidas incompatibles con la percepción de salario, y descontar/devolver la prestación por desempleo, de conformidad esta última, con la previsión del artículo 268.5 b) de la Ley General de la Seguridad Social aprobada por Real Decreto Legislativo 8/2015 de 30 de octubre.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, anunciándolo ante este Juzgado por comparecencia o por escrito en el plazo de los cinco días hábiles siguientes a la notificación del presente fallo, de conformidad con lo dispuesto por los arts. 192 y ss. de la LRJS.

Se advierte a la partes que contra esta Sentencia puede interponerse Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, anunciándolo por comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación y designando Letrado o graduado social colegiado para su tramitación. Se advierte al recurrente que no fuese trabajador o beneficiario del Régimen Público de Seguridad Social, ni gozase del derecho de asistencia jurídica gratuita que deberá acreditar al tiempo de interponerlo haber ingresado el importe de 300 euros en la cuenta IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 con n.o 2802-0000-61-1199-21 del BANCO DE SANTANDER aportando el resguardo acreditativo; así como acreditar al tiempo de anunciarlo haber consignado el importe íntegro de la condena en el BANCO DE SANTANDER o presentar aval de duración indefinida y pagadero a primer requerimiento de Entidad Financiera por el mismo importe, en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista.

Se puede realizar el ingreso por transferencia bancaria desde una cuenta corriente abierta en cualquier entidad bancaria distinta de BANCO DE SANTANDER. Para ello ha de seguir todos los pasos siguientes:

Emitir la transferencia a la cuenta bancaria siguiente: IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274. En el campo ordenante, se indicará como mínimo el nombre o razón social de la persona física o jurídica obligada a hacer el ingreso y si es posible, el nif/cif de la misma. En el campo beneficiario, se identificará al juzgado o tribunal que ordena el ingreso. En el campo “observaciones o concepto de la transferencia”, se consignarán los 16 dígitos que corresponden al procedimiento 2802-0000-61-1199-21.

Así por esta mi sentencia lo pronuncia, manda y firma: Dña. María Aránzazu Espejo-Saavedra López, Magistrado-Juez de refuerzo de los Juzgados de lo Social de Madrid.

Y para que sirva de Notificación en legal forma a MUNDO CONTROL Y SERVICIOS SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a dieciocho de abril de dos mil veintidós.

EL LETRADO DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/8.435/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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