Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 94

Fecha del Boletín 
21-04-2022

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220421-123

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VILLAVICIOSA DE ODÓN

PERSONAL

123
Villaviciosa de Odón. Personal. Acuerdo condiciones de trabajo

El Pleno del Ayuntamiento, en la sesión ordinaria celebrada el 28 de marzo de 2022, aprobó la inclusión de un cuarto punto en el artículo 27 del Acuerdo Regulador de las condiciones de trabajo del personal funcionario de este Ayuntamiento (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 28 de mayo de 2011) en los siguientes términos:

“Artículo 27. Indemnizaciones por razón del servicio.

(…)

4. Asistencia del empleado público a tribunales/comisiones de valoración de procesos selectivos cuyo criterio de selección sea concurso de méritos. Se percibirá mediante un complemento de productividad conforme a los siguientes criterios:

Si la valoración del concurso de méritos del proceso selectivo ocupa más de dos jornadas, se devengará el derecho a retribución a partir de la tercera jornada, abonándose de conformidad con las cuantías del artículo 29 del RD 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón de servicio”.

Contra este acuerdo podrá interponerse un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses a contar desde la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de acuerdo con los artículos 112.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

En Villaviciosa de Odón, a 7 de abril de 2022.—El secretario general, Manuel Paz Taboada.

(03/7.192/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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