Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 92

Fecha del Boletín 
19-04-2022

Sección 1.4.33.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220419-75

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS

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RESOLUCIÓN de 8 de abril de 2022, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Transportes e Infraestructuras, por la que se somete al trámite de información pública el estudio informativo “Ampliación de la línea 5 del Metro de Madrid al Aeropuerto Adolfo Suarez-Madrid-Barajas”.

Por la Dirección General de Infraestructuras de Transporte Colectivo de la Consejería de Transportes e Infraestructuras, se tramita el expediente relativo al Estudio Informativo “Ampliación de la línea 5 del Metro de Madrid al Aeropuerto Adolfo Suarez-Madrid-Barajas”, que afecta al municipio de Madrid, en un ámbito urbano y consolidado.

El proyecto objeto del Estudio informativo consiste en la ampliación de la línea 5 del Metro de Madrid desde la estación de Alameda de Osuna hasta su conexión con la estación Aeropuerto T1-T2-T3 de la línea 8 del Metro de Madrid, donde se establecerá una estación de intercambio.

Las alternativas estudiadas de prolongación de la línea 5 incluyen en su recorrido 2 estaciones en el tramo comprendido entre la cola de maniobras existente de L5 y el Aeropuerto Adolfo Suárez, Madrid-Barajas. Como punto común a todas las alternativas, el nuevo trazado partirá de la cola de maniobras de la línea 5 en Alameda de Osuna, contará con una estación de intercambio con la línea 8 de Metro en la estación Aeropuerto T1-T2-T3, y finalizará su trazado en dicha estación Aeropuerto, disponiendo una cola de maniobras/depósito de trenes con capacidad para 8 composiciones. Además, de modo adicional, se proyectará una conexión técnica entre las líneas 5 y 8.

Establecidos esos puntos comunes para las diferentes alternativas, durante la redacción del Estudio Informativo, se han analizado múltiples opciones de trazado, de las cuales 3 se han considerado susceptibles de analizar en profundidad con el objeto de determinar su viabilidad como opción a desarrollar constructivamente, señaladas con las letras A, B y C.

Realizada la valoración de las distintas alternativas mediante un análisis multicriterio que contempla factores funcionales, ambientales, económicos y territoriales, la Alternativa C es la seleccionada por presentar una mejor valoración global, siendo además la alternativa más favorable desde el punto de vista ambiental, con un presupuesto base de licitación de 81.458.731,50 euros (IVA excluido).

Respecto de la tramitación ambiental se prevé realizarla por el procedimiento simplificado, habiéndose comunicado mediante escrito, de fecha 3 de marzo de 2022, el inicio de la evaluación ambiental por la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura.

Con fecha 28 de marzo de 2022 se ha emitido informe de supervisión del estudio informativo.

La Dirección General de Infraestructuras de Transporte Colectivo, con fecha 30 de marzo de 2022, aprobó técnicamente el Estudio Informativo de referencia y siguiendo el procedimiento legalmente previsto se ha redactado el oportuno documento ambiental, el cual ha sido redactado con los requisitos de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.

En su virtud, de conformidad con lo establecido en el artículo 83 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, esta Secretaría General Técnica,

RESUELVE

Primero

Someter al trámite de información pública, por un plazo de 20 días hábiles, el Estudio Informativo “Ampliación de la línea 5 del Metro de Madrid al Aeropuerto Adolfo Suarez-Madrid-Barajas”, al objeto de que se puedan formular alegaciones sobre la concepción global del trazado proyectado, mediante la publicación de la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en el Portal de Transparencia de la Comunidad de Madrid y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Madrid, a los efectos previstos en el artículo 83 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Segundo

El citado plazo de veinte días comenzará a contar a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Durante dicho plazo, cuantas personas se consideren afectadas por dicho Estudio Informativo, podrán formular alegaciones mediante escrito dirigido a la Secretaría General Técnica de la Consejería de Transportes e Infraestructuras.

Tercero

Solicitar informe, que deberá evacuarse en el expresado plazo de veinte días hábiles, a los siguientes órganos, organismos y entidades:

— Ayuntamiento de Madrid. Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad.

— Ayuntamiento de Madrid. Área de Gobierno de Obras y Equipamientos.

— Ayuntamiento de Madrid. Área de Gobierno de Portavoz, Seguridad y Emergencias.

— Ayuntamiento de Madrid. Área de Gobierno de Desarrollo Urbano.

— Dirección General de Descarbonización y Transición Energética. Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura.

— Dirección General de Patrimonio Cultural de la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes.

— Demarcación de Carreteras del Estado en Madrid.

— Dirección General de Tráfico (DGT).

— Confederación Hidrográfica del Tajo.

— Aena SME, S. A.

— Metro de Madrid S. A.

— Consorcio Regional de Transportes de Madrid.

— Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF).

— Canal de Isabel II.

— Correos Telecom.

— Instituto Geológico y Minero de España IGME.

— Telefónica.

— Vodafone.

— Orange-Jazztel.

— I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S. A. U.

— Unión Fenosa Distribución (UFD).

— Madrileña Red de Gas, S. A.

— Nedgia Madrid.

— Exolum (CLH, S. A.).

— Repsol.

Cuarto

Otorgar trámite de audiencia por el plazo de quince días hábiles a:

— FRAVM (Federación Regional de Asociaciones Vecinales de Madrid).

— AV Barajas.

— AV Ensanche de Barajas.

— Asociación Familiar de Vecinos Alonso de Ojeda de Alameda de Osuna (AFAO).

— Asociación Juvenil Albar 42.

— AV Alameda de Osuna 2000 (AO-2000).

— AV San Roque.

— AV Barrio Aeropuerto.

— Asociación Cultural “Barajas, distrito BIC”.

— Sociedad Española de Ornitología.

— Asociación Ecologistas en Acción.

Lo que se hace público para general conocimiento, significándose que, de conformidad con la normativa vigente, el referido expediente podrá ser examinado durante el plazo indicado de veinte días hábiles, en las dependencias de la Consejería de Transportes e Infraestructuras, Subdirección General de Análisis y Organización, sita en la calle Maudes, número 17, de Madrid, debiendo obtener cita previa en el teléfono 915 803 114 (horario de atención 9-14 horas), desde el día siguiente a la publicación de la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y hasta el día en que termine el plazo de información pública.

Igualmente podrá consultarse el expediente durante el citado plazo en el Portal de Transparencia de la Comunidad de Madrid a través del siguiente enlace:

https://www.comunidad.madrid/transparencia/normativa-planificacion/exped...

Asimismo, podrá examinarse en el Ayuntamiento de Madrid, mediante el enlace habilitado al Portal de Transparencia de la Comunidad de Madrid.

Madrid, a 8 de abril de 2022.—La Secretaria General Técnica, María Teresa Barcons Marqués.

(03/7.369/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.33.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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