Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 92

Fecha del Boletín 
19-04-2022

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220419-101

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE TORREMOCHA DE JARAMA

RÉGIMEN ECONÓMICO

101
Torremocha de Jarama. Régimen económico. Ordenanza explotaciones apícolas

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, acreditándose mediante certificado de Secretaría, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario inicial aprobatorio de la modificación de la ordenanza municipal reguladora de explotaciones apícolas, cuyo texto íntegro se hace público para su general conocimiento y en cumplimiento de lo previsto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local.

Modificación artículos 6 y 7 en los siguientes términos:

“Art. 6. Cuota.—El precio por instalación apícola, previo los trámites legales oportunos para la concesión de licencia municipal y sin perjuicio de las competencias propias de la Consejería de Medio Ambiente de la Comunidad de Madrid, se establece en 3 euros por colmena.

Art. 7. Infracciones y sanciones.—En caso de incumplimiento se aplicará lo dispuesto en el Decreto 146/2017, de 12 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se crea y regula el registro de explotaciones ganaderas de la Comunidad de Madrid, y se establece la normativa reguladora de la actividad apícola en la misma, y lo establecido en el capítulo II de la Ley 8/2003, de 24 de abril, de Sanidad Animal, y el Real Decreto 1945/1983, de 22 de junio, por el que se regulan las infracciones y sanciones en materia de defensa del consumidor y de la producción agroalimentaria”.

Torremocha de Jarama, a 1 de abril de 2022.—El alcalde-presidente, Carlos Rivera Rivera.

(03/6.885/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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