Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 77

Fecha del Boletín 
31-03-2022

Sección 1.3.29.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220331-19

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO

19
RESOLUCIÓN de 22 de marzo de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se modifica parcialmente la Resolución de 9 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se declaran las fiestas laborales de ámbito local en la Comunidad de Madrid para el año 2022.

El BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de fecha 20 de diciembre de 2021 publicó la Resolución de la Dirección General de Trabajo de 9 de diciembre de 2021, por la que se declaraban las fiestas laborales de ámbito local en la Comunidad de Madrid para el año 2022.

Con posterioridad a dicha publicación, el Ayuntamiento de La Hiruela ha aportado a esta Dirección General de Trabajo el certificado de la aprobación de los días que se declaran como las fiestas laborales en el ámbito local para el año 2022.

Por tanto, vista la documentación aportada al efecto por el citado Ayuntamiento y en ejecución de las competencias atribuidas por el Real Decreto 932/1995, de 9 de junio, y por el Decreto 234/2021, de 10 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, esta Dirección General de Trabajo

DISPONE

Primero

Modificar la Resolución de la Dirección General de Trabajo de 9 de diciembre de 2021, por la que se declaran las fiestas laborales de ámbito local en la Comunidad de Madrid para el año 2022, y establecer para los municipios que se relacionan las siguientes fiestas laborales:

La Hiruela: 5 y 6 de agosto.

Segundo

Esta Resolución entrará en vigor el mismo día de su publicación en BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 22 de marzo de 2022.—La Directora General de Trabajo, Silvia Marina Parra Rudilla.

(03/5.879/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.29.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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